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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación corrigió la delimitación aprobada en febrero para el Puerto de Paraná. Detectó diferencias en la superficie representada en los planos y publicó nuevos anexos con las zonas alcanzadas.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación rectificó la delimitación de la línea de puerto y de la jurisdicción portuaria nacional correspondiente al Puerto de Paraná, luego de detectar un error en los planos utilizados para establecer las superficies comprendidas. La modificación quedó establecida mediante la Resolución 48/2026.
La medida fue firmada el 12 de agosto por el director ejecutivo del organismo, Iñaki Miguel Arreseygor, y corrigió parcialmente la Resolución 11/2026, que había sido dictada el 27 de febrero de este año para establecer formalmente los límites de la jurisdicción portuaria nacional en la capital entrerriana.
Según explicó el organismo nacional, los planos incluidos originalmente contenían un “error material e involuntario” relacionado con diferencias en la superficie delimitada. Por ese motivo, fueron reemplazados por nuevos anexos, en los cuales se encuentran representadas las áreas involucradas.
Qué se corrigió en el Puerto de Paraná
La resolución de febrero había aprobado la delimitación de la línea de puerto y la jurisdicción nacional respecto de los inmuebles identificados mediante los planos de mensura 238.036, 240.633 y 240.632, registrados ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).
Al revisar la documentación incorporada como anexo de aquella medida, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación detectó una diferencia entre la superficie delimitada y la correspondiente a esos planos de mensura.
“Los planos obrantes en el Anexo I de la mentada resolución adolecen de un error material e involuntario que resulta necesario subsanar”, señaló el organismo en los fundamentos de la nueva normativa.
La Nación aclaró que no cambia la decisión original
La Agencia destacó especialmente que la corrección no modifica la sustancia de la decisión adoptada en febrero, sino que subsana la representación de las superficies comprendidas dentro de la delimitación.
En consecuencia, la nueva resolución reemplazó la documentación gráfica anterior e incorporó dos nuevos anexos, en los que aparecen representadas las zonas alcanzadas por la línea de puerto y la jurisdicción portuaria nacional.
La rectificación tiene además efecto retroactivo al momento en que fue dictada la resolución original, el 27 de febrero de 2026. El organismo fundamentó esta decisión en la normativa de procedimientos administrativos que permite corregir errores materiales, de hecho o aritméticos cuando la modificación no altera sustancialmente el acto administrativo.
Los nuevos planos de la jurisdicción portuaria
A partir de la Resolución 48/2026, el artículo inicial de la normativa quedó reformulado y mantuvo como referencia los tres planos de mensura registrados ante ATER, aunque sustituyó los anexos que contienen la delimitación.
De esta manera, la Agencia ratificó la jurisdicción portuaria nacional correspondiente al Puerto de Paraná sobre los inmuebles comprendidos en los planos 238.036, 240.633 y 240.632, pero con una representación corregida de las superficies.
Los nuevos anexos publicados junto con la resolución permiten observar gráficamente las áreas involucradas en la delimitación y constituyen la documentación oficial que reemplaza a los planos incorporados en febrero.
La Provincia fue notificada de la modificación
La resolución dispuso, además, comunicar formalmente la rectificación a las distintas gerencias de coordinación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación y a la Provincia de Entre Ríos.
La delimitación de una jurisdicción portuaria establece territorialmente el espacio sobre el cual se ejercen las competencias vinculadas con la actividad del puerto. En este caso, la decisión alcanza específicamente a los inmuebles identificados mediante los tres planos de mensura mencionados en la normativa.
Con la nueva resolución, Nación corrigió la diferencia detectada en las superficies representadas, pero dejó expresamente establecido que no se produjo una modificación sustancial de la delimitación aprobada originalmente, sino una rectificación documental de los planos que la acompañaban.
Fuente; Elonce
Nación corrigió los planos de la jurisdicción del Puerto de Paraná
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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación corrigió la delimitación aprobada en febrero para el Puerto de Paraná. Detectó diferencias en la superficie representada en los planos y publicó nuevos anexos con las zonas alcanzadas.
La Agencia Nacional de Puertos y Navegación rectificó la delimitación de la línea de puerto y de la jurisdicción portuaria nacional correspondiente al Puerto de Paraná, luego de detectar un error en los planos utilizados para establecer las superficies comprendidas. La modificación quedó establecida mediante la Resolución 48/2026.
La medida fue firmada el 12 de agosto por el director ejecutivo del organismo, Iñaki Miguel Arreseygor, y corrigió parcialmente la Resolución 11/2026, que había sido dictada el 27 de febrero de este año para establecer formalmente los límites de la jurisdicción portuaria nacional en la capital entrerriana.
Según explicó el organismo nacional, los planos incluidos originalmente contenían un “error material e involuntario” relacionado con diferencias en la superficie delimitada. Por ese motivo, fueron reemplazados por nuevos anexos, en los cuales se encuentran representadas las áreas involucradas.
Qué se corrigió en el Puerto de Paraná
La resolución de febrero había aprobado la delimitación de la línea de puerto y la jurisdicción nacional respecto de los inmuebles identificados mediante los planos de mensura 238.036, 240.633 y 240.632, registrados ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).
Al revisar la documentación incorporada como anexo de aquella medida, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación detectó una diferencia entre la superficie delimitada y la correspondiente a esos planos de mensura.
“Los planos obrantes en el Anexo I de la mentada resolución adolecen de un error material e involuntario que resulta necesario subsanar”, señaló el organismo en los fundamentos de la nueva normativa.
La Nación aclaró que no cambia la decisión original
La Agencia destacó especialmente que la corrección no modifica la sustancia de la decisión adoptada en febrero, sino que subsana la representación de las superficies comprendidas dentro de la delimitación.
En consecuencia, la nueva resolución reemplazó la documentación gráfica anterior e incorporó dos nuevos anexos, en los que aparecen representadas las zonas alcanzadas por la línea de puerto y la jurisdicción portuaria nacional.
La rectificación tiene además efecto retroactivo al momento en que fue dictada la resolución original, el 27 de febrero de 2026. El organismo fundamentó esta decisión en la normativa de procedimientos administrativos que permite corregir errores materiales, de hecho o aritméticos cuando la modificación no altera sustancialmente el acto administrativo.
Los nuevos planos de la jurisdicción portuaria
A partir de la Resolución 48/2026, el artículo inicial de la normativa quedó reformulado y mantuvo como referencia los tres planos de mensura registrados ante ATER, aunque sustituyó los anexos que contienen la delimitación.
De esta manera, la Agencia ratificó la jurisdicción portuaria nacional correspondiente al Puerto de Paraná sobre los inmuebles comprendidos en los planos 238.036, 240.633 y 240.632, pero con una representación corregida de las superficies.
Los nuevos anexos publicados junto con la resolución permiten observar gráficamente las áreas involucradas en la delimitación y constituyen la documentación oficial que reemplaza a los planos incorporados en febrero.
La Provincia fue notificada de la modificación
La resolución dispuso, además, comunicar formalmente la rectificación a las distintas gerencias de coordinación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación y a la Provincia de Entre Ríos.
La delimitación de una jurisdicción portuaria establece territorialmente el espacio sobre el cual se ejercen las competencias vinculadas con la actividad del puerto. En este caso, la decisión alcanza específicamente a los inmuebles identificados mediante los tres planos de mensura mencionados en la normativa.
Con la nueva resolución, Nación corrigió la diferencia detectada en las superficies representadas, pero dejó expresamente establecido que no se produjo una modificación sustancial de la delimitación aprobada originalmente, sino una rectificación documental de los planos que la acompañaban.
Fuente; Elonce