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El gobernador Gustavo Bordet entregó este lunes al ministro de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, Juan José Bahillo, el decreto por el cual se reglamenta la Ley 10.805 que declara la Emergencia del sector Turístico en la provincia y se otorga beneficios en la emergencia epidemiológica.
Bordet – Bahillo.
Dicha Ley, cuya autoridad de aplicación será la Cartera productiva, faculta al Poder Ejecutivo a disponer de diferimientos y exenciones en el pago de tasas y aportes.
La medida se fundamenta en que este sector configura una de las principales actividades económica que motorizan el desarrollo local y es generadora de divisas y fuentes de trabajo en forma horizontal, beneficiando a distintos segmentos prestadores de servicios.
Tan es así que en Entre Ríos generó, durante 2019, un movimiento de 4,9 millones de visitantes, siendo el cuarto distrito más visitado a nivel nacional
Entre los considerandos del Decreto se sostiene que las micro y medianas empresas representan el 95 % de los prestadores turísticos siendo urgente brindar un marco de protección y alivio fiscal a las pymes turísticas en su carácter de unidades sociales productivas, previendo a su vez la protección de los empleos del sector.
El turismo ha sido la primera actividad afectada por la pandemia habida cuenta de su relación con el traslado y circulación de personas fuera de su residencia habitual y posiblemente será una de las últimas en reactivarse por lo que coloca a todos sus actores en una situación más desventajosa respecto de aquellos pertenecientes a otras actividades.
La reglamentación alcanzará a las actividades turísticas detalladas y que se encuentren debidamente registradas y habilitadas por las autoridades competentes, a saber:
Servicios transportes afectados a la actividad turísticas; hoteles y alojamientos; complejos termales; guías de turismo, y otras actividades que la autoridad de aplicación incluya por tener al turista como principal destinatario.
El Ministro de Producción, Juan José Bahillo, celebró la reglamentación de la Ley indicando que “protege y cuida a un sector que ha sido muy afectado por la Pandemia”.
“Siempre fue nuestra preocupación brindar un marco de protección a esta actividad y con la Ley podemos dar algunas herramientas para que sus actores estén en mejores condiciones a la hora de las rehabilitaciones”, dijo el ministro. (Fuente: www.entrerios.gov.ar)
Se reglamentó la Ley de Emergencia Turística
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El gobernador Gustavo Bordet entregó este lunes al ministro de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, Juan José Bahillo, el decreto por el cual se reglamenta la Ley 10.805 que declara la Emergencia del sector Turístico en la provincia y se otorga beneficios en la emergencia epidemiológica.
Bordet – Bahillo.
Dicha Ley, cuya autoridad de aplicación será la Cartera productiva, faculta al Poder Ejecutivo a disponer de diferimientos y exenciones en el pago de tasas y aportes.
La medida se fundamenta en que este sector configura una de las principales actividades económica que motorizan el desarrollo local y es generadora de divisas y fuentes de trabajo en forma horizontal, beneficiando a distintos segmentos prestadores de servicios.
Tan es así que en Entre Ríos generó, durante 2019, un movimiento de 4,9 millones de visitantes, siendo el cuarto distrito más visitado a nivel nacional
Entre los considerandos del Decreto se sostiene que las micro y medianas empresas representan el 95 % de los prestadores turísticos siendo urgente brindar un marco de protección y alivio fiscal a las pymes turísticas en su carácter de unidades sociales productivas, previendo a su vez la protección de los empleos del sector.
El turismo ha sido la primera actividad afectada por la pandemia habida cuenta de su relación con el traslado y circulación de personas fuera de su residencia habitual y posiblemente será una de las últimas en reactivarse por lo que coloca a todos sus actores en una situación más desventajosa respecto de aquellos pertenecientes a otras actividades.
La reglamentación alcanzará a las actividades turísticas detalladas y que se encuentren debidamente registradas y habilitadas por las autoridades competentes, a saber:
Servicios transportes afectados a la actividad turísticas; hoteles y alojamientos; complejos termales; guías de turismo, y otras actividades que la autoridad de aplicación incluya por tener al turista como principal destinatario.
El Ministro de Producción, Juan José Bahillo, celebró la reglamentación de la Ley indicando que “protege y cuida a un sector que ha sido muy afectado por la Pandemia”.
“Siempre fue nuestra preocupación brindar un marco de protección a esta actividad y con la Ley podemos dar algunas herramientas para que sus actores estén en mejores condiciones a la hora de las rehabilitaciones”, dijo el ministro. (Fuente: www.entrerios.gov.ar)