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La Municipalidad de Paraná instruyó este miércoles 24 de junio, mediante el Decreto N°927, a las Secretarías de Estado Municipal desde este miércoles 24 de junio y hasta que el Departamento Ejecutivo Municipal lo determine a disponer la organización de su personal mediante las respectivas guardias mínimas, a los fines de garantizar la prestación de servicios a su cargo.
Mediante el Decreto N°927.
Esto no comprende la prestación de servicios esenciales en:
- áreas operativas de las Secretarías de Servicios Públicos, Obras Públicas, Seguridad Vial, Movilidad y Ordenamiento Urbano.
- Administración Fiscal Municipal y Dirección General de Catastro
- Secretaría de Desarrollo Social, respecto de Jardines Maternales afectados al servicio de comedor; servicio fúnebre social y cementerios
- Secretaría de Coordinación Estratégica, en lo que refiere a la Subsecretaría de Comunicación
- Secretaría Legal y Administrativa en lo que refiere a la Dirección de Habilitaciones, Concesiones y Uso del Espacio Público, Control Urbano y Juzgado de Faltas”.
Recomienda a las reparticiones que sea posible se establezcan las medidas de trabajo domiciliario o remoto.
También se dispone la suspensión de los plazos administrativos en el periodo consignado, con excepción a lo referido a los procedimientos de selección del co-contratante estatal, bajo la Ordenanza de Contabilidad y Obras Públicas, y a los que expresamente se le habilite día y hora a propuesta de las distintas Secretarías.(Fuente: Analisisdigital)
Paraná: disponen trabajo remoto y guardias mínimas en reparticiones municipales
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La Municipalidad de Paraná instruyó este miércoles 24 de junio, mediante el Decreto N°927, a las Secretarías de Estado Municipal desde este miércoles 24 de junio y hasta que el Departamento Ejecutivo Municipal lo determine a disponer la organización de su personal mediante las respectivas guardias mínimas, a los fines de garantizar la prestación de servicios a su cargo.
Mediante el Decreto N°927.
Esto no comprende la prestación de servicios esenciales en:
- áreas operativas de las Secretarías de Servicios Públicos, Obras Públicas, Seguridad Vial, Movilidad y Ordenamiento Urbano.
- Administración Fiscal Municipal y Dirección General de Catastro
- Secretaría de Desarrollo Social, respecto de Jardines Maternales afectados al servicio de comedor; servicio fúnebre social y cementerios
- Secretaría de Coordinación Estratégica, en lo que refiere a la Subsecretaría de Comunicación
- Secretaría Legal y Administrativa en lo que refiere a la Dirección de Habilitaciones, Concesiones y Uso del Espacio Público, Control Urbano y Juzgado de Faltas”.
Recomienda a las reparticiones que sea posible se establezcan las medidas de trabajo domiciliario o remoto.
También se dispone la suspensión de los plazos administrativos en el periodo consignado, con excepción a lo referido a los procedimientos de selección del co-contratante estatal, bajo la Ordenanza de Contabilidad y Obras Públicas, y a los que expresamente se le habilite día y hora a propuesta de las distintas Secretarías.(Fuente: Analisisdigital)