Rogel propone reducir el 50% del IVA a los usuarios de cooperativas de agua potable

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El Diputado Nacional Fabián Rogel presentó un proyecto de ley en el Congreso de la Nación por el cual se reduce al 50% el monto que deberán abonar los usuarios de cooperativas de agua potable en concepto de IVA.

Propone reducir el 50% del IVA a los usuarios de cooperativas de agua potable.

Propone reducir el 50% del IVA a los usuarios de cooperativas de agua potable.

El legislador entrerriano propuso la incorporación de un inciso “M” al Art. 28° de la Ley 23.349 del Impuesto al Valor Agregado (IVA). En el texto del artículo 1° del proyecto de ley presentado por el legislador entrerriano se propone “que las ventas de aguas reguladas por medidor y las prestaciones comprendidas en el punto “C” del Inc. E del Art. 3º (Ley 23.349), cuando las mismas se efectúen en domicilios destinados exclusivamente a viviendas o casas de recreo o verano y el prestador o vendedor del servicio sea una entidad cooperativa legalmente constituida.”

Mediante la incorporación de este artículo las cooperativas deberán abonar el 50% del Impuesto al Valor Agregado, disminuyendo de esta manera la incidencia que el IVA tiene en la facturación del servicio de agua potable a los usuarios.

La inequidad del tributo, tal como se aplica actualmente reside en lo siguiente: si bien la alícuota que tributan las viviendas familiares (consumidores finales: 21%) es menor a la que abonan las empresas o comercios (27%), aquellas no tienen posibilidad de recuperar o compensar, mientras que los contribuyentes comerciantes, si son Responsables Inscriptos no pierden lo abonado en concepto de IVA, ya que el mismo se constituye como debito fiscal o pago a cuenta del impuesto. En el caso de comerciantes Monotributistas, el gasto por el pago de IVA por el servicio de agua potable, es incluido en el costo de producción de los bienes y servicios a comercializar. En estas condiciones, el consumidor final, no sólo tributa por su consumo directo, sino también paga indirectamente el IVA del comerciante monotributista, que viene incluido en el precio del producto que aquél consume.

El injusto esquema descripto, lo es aún más, si se considera que el IVA que grava la venta y el servicio de agua potable, es un tributo que principalmente pesa sobre las viviendas particulares, afectando por tanto a los que menos tienen puesto que se encarece un servicio público esencial para la vida, la higiene, y la salud de las personas.

Sin embargo, desde el propio sector cooperativo, se han expresado en el sentido de la inconveniencia de eximir de IVA a la prestación del servicio de agua potable por cooperativas en un 100%. Es que hasta tanto no se quite a este impuesto de todos los insumos necesarios para producir el agua, el IVA estará en los costos fijos de las cooperativas. Se ha expresado, con razón, que si se elimina el IVA de la facturación, serían las cooperativas las que terminarían por pagar, como consumidoras, el IVA contenido en el cloro, en todos los productos necesarios para la potabilización, y cada uno de los materiales para la distribución: desde la cañería hasta el cemento de la infraestructura.

Por este motivo, se establece la reducción del 50% de la alícuota, quedando ésta en un 10,5%, lo cual permitiría descargar el IVA de las compras con el débito fiscal obtenido por la venta del servicio, logrando un equilibrio que neutralice el impacto en el costo de producción y disminuya el monto final facturado al usuario. (Fuente: Debate Abierto)