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La titular del Juzgado Nº 3 de Familia de Paraná, María Eleonora Murga resolvió hoy declarar la ausencia de Fernanda Isabella Aguirre, designando “curador” a su padre, Julio Domingo Aguirre, con los alcances dispuestos en el art. 83 del Código Civil y Comercial.
A pedido de su padre se declaró la ausencia de Fernanda Aguirre.
La medida fue adoptada ante la presentación realizada, ante ese juzgado, por el propio padre de la joven quien sostuvo por medio de sus abogados que “ hasta la actualidad no existen rastros certeros de la ubicación de Fernanda, por lo que solicita se lo designe como curador de los bienes de su hija a los fines de poder intervenir en el sucesorio de su esposa y madre de Fernanda, María Inés Cabrol, quien falleciera en fecha 11 de mayo de 2010”.
Asimismo es importante informar que esta resolución no produce ningún efecto en cuanto a la investigación penal del caso, a la continuidad de la búsqueda de Fernanda y que es únicamente a la sola protección de sus derechos. (Fuente: STJ)
A pedido de su padre se declaró la ausencia de Fernanda Aguirre
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La titular del Juzgado Nº 3 de Familia de Paraná, María Eleonora Murga resolvió hoy declarar la ausencia de Fernanda Isabella Aguirre, designando “curador” a su padre, Julio Domingo Aguirre, con los alcances dispuestos en el art. 83 del Código Civil y Comercial.
A pedido de su padre se declaró la ausencia de Fernanda Aguirre.
La medida fue adoptada ante la presentación realizada, ante ese juzgado, por el propio padre de la joven quien sostuvo por medio de sus abogados que “ hasta la actualidad no existen rastros certeros de la ubicación de Fernanda, por lo que solicita se lo designe como curador de los bienes de su hija a los fines de poder intervenir en el sucesorio de su esposa y madre de Fernanda, María Inés Cabrol, quien falleciera en fecha 11 de mayo de 2010”.
Asimismo es importante informar que esta resolución no produce ningún efecto en cuanto a la investigación penal del caso, a la continuidad de la búsqueda de Fernanda y que es únicamente a la sola protección de sus derechos. (Fuente: STJ)