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La fiscal Patricia Yedro y el fiscal Ignacio Aramberry, en virtud de trascendidos periodísticos y opiniones vertidas sobre la sustracción de documentación relacionada a la Investigación Penal Preparatoria que se desarrolla bajo el Legajo Nº 87.933, (contratos en la Legislatura provincial), dieron a conocer hoy un comunicado.
Abren investigación ante desaparición de documentación
En el mismo expresan que “en ejercicio de las facultades/deberes constitucionales y legales, en la Unidad Fiscal de Paraná se ha dispuesto la apertura de una investigación -Nº 111024-, destinada a establecer la probable comisión del delito de Sustracción de Documentos, tipificado en el art. 255 del CP, y determinar la identidad de sus posibles autores y/o cómplices”.
Asimismo hicieron saber que cualquier información o conclusión que se publique, tanto en relación a este nuevo suceso como a aquel que motivara el pedido de la documentación mencionada, que se emitan por fuera de los canales institucionales o que se obtenga de las audiencias públicas, no corresponde a ellos.(Fuente: Prensa STJ)
La Unidad Fiscal de Paraná abrió una investigación por probable sustracción de documentos
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La fiscal Patricia Yedro y el fiscal Ignacio Aramberry, en virtud de trascendidos periodísticos y opiniones vertidas sobre la sustracción de documentación relacionada a la Investigación Penal Preparatoria que se desarrolla bajo el Legajo Nº 87.933, (contratos en la Legislatura provincial), dieron a conocer hoy un comunicado.
Abren investigación ante desaparición de documentación
En el mismo expresan que “en ejercicio de las facultades/deberes constitucionales y legales, en la Unidad Fiscal de Paraná se ha dispuesto la apertura de una investigación -Nº 111024-, destinada a establecer la probable comisión del delito de Sustracción de Documentos, tipificado en el art. 255 del CP, y determinar la identidad de sus posibles autores y/o cómplices”.
Asimismo hicieron saber que cualquier información o conclusión que se publique, tanto en relación a este nuevo suceso como a aquel que motivara el pedido de la documentación mencionada, que se emitan por fuera de los canales institucionales o que se obtenga de las audiencias públicas, no corresponde a ellos.(Fuente: Prensa STJ)