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El diputado provincial, Alberto Rotman (Cambiemos) propicia la creación de un Sistema de Pasantías Educativas en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, destinado a estudiantes de la Educación Secundaria, de la Educación Superior, y de la Formación Técnico-Profesional, de establecimientos dependientes del Concejo General de Educación (CGE).
Alberto Rotman.
La propuesta está contenida en un proyecto de ley que el legislador concordiense presentó en la cámara de diputados de la provincia.
El sistema de pasantías es de carácter voluntario y gratuito, pero el pasante, como excepción, puede recibir una asignación estímulo, de carácter no remunerativo”
En el proyecto, se define Pasantía Educativa como el “conjunto de actividades que realizan los alumnos alcanzados por esta ley en organismos y empresas, de carácter público o privado, durante un lapso determinado de tiempo, específicamente relacionado con la formación curricular obtenida, bajo la organización y control de la institución de enseñanza a la que pertenecen y que se reconocen como experiencia de alto valor pedagógico sin carácter obligatorio. Cada pasantía tendrá un plazo de duración de dos meses como mínimo y de ocho meses como máximo, con una carga horaria semanal de hasta 20 horas. Y se podrá renovar por única vez por el término de seis meses”.
Para acceder al Sistema de Pasantías Educativas, los alumnos deberán ser regulares de la institución educativa correspondiente, ser mayor de 16 años, y contar con el consentimiento expreso de los padres o tutor a su cargo.
Las instituciones educativas deberán diseñar un proyecto pedagógico integral de pasantías que se ajuste a la norma y sirva de marco para la celebración de convenios con los organismos y empresas en los que se aplique este sistema”.
El proyecto de Ley del diputado Rotman establece asimismo que las pasantías educativas “no generan ningún tipo de vínculo laboral entre el alumno y el organismo o empresa en la que éstas se desarrollen”. El sistema “no podrá ser utilizado para cubrir vacantes, crear empleo nuevo, o reemplazar al personal de los organismos o empresas involucradas” y el pasante “como excepción, puede recibir una asignación estímulo, de carácter no remunerativo, en proporción a la carga horaria de la pasantía”.
Añade que “el organismo público o privado está exento de toda responsabilidad civil, penal o laborar por la concurrencia del pasante en su establecimiento. Además se le deberá otorgar al pasante cobertura de salud”, se señala.
“Para asegurar en normal cumplimiento del sistema, cada institución educativa deberá designar un Docente Guía para el seguimiento de sus alumnos, y cada organismo o empresa, un tutor responsable, quienes deberán de forma conjunta diseñar un plan específico de capacitación para que el alumno alcance los objetivos pedagógicos”, se agrega luego.
La autoridad de aplicación será el Consejo General de Educación, mientras que la autoridad de contralor será la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia.
Para asegurar en normal cumplimiento del presente sistema, cada institución educativa deberá designar un Docente Guía para el seguimiento de sus alumnos, y cada organismo o empresa, un tutor responsable, quienes deberán de forma conjunta diseñar un plan específico de capacitación para que el alumno alcance los objetivos pedagógicos.
El desempeño de la función de docente guía es incompatible con cualquier cargo rentado en la empresa u organización donde se desarrolle la pasantía.
Los docentes Guías y Tutores tendrán bajo su control, evaluación y responsabilidad la ejecución de la planificación elaborada, debiendo informar periódicamente el desarrollo de la misma por parte del alumno, y entregar una evaluación final del desempeño del pasante dentro de los 30 días posteriores a la finalización del convenio. En todos los casos el organismo o empresa deberá extender un certificado de pasantía educativa en el que conste la duración, las funciones cumplidas y las actividades
Se establece la creación del Programa de Fomento de Pasantías, que tendrá la finalidad de:
a) Vincular a las instituciones educativas con los sectores privados y públicos.
b) Profundizar la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificante.
c) Fomentar las prácticas complementarias a la formación académica.
d) Plantear situaciones reales del mundo del trabajo al proceso formativo
e) Favorecer la adquisición de conocimientos es pos de facilitar la inserción en el ámbito laboral.
f) Permitir la accesibilidad a las tecnologías vigentes.
g) Desarrollos propuestas formativas alternativas a las tradicionales.
h) Orientar a los beneficiados a los posibles campos de desempeño laboral.
El articulado de la ley autoriza al Poder Ejecutivo a celebrar los convenios pertinentes y dictar las disposiciones necesarias para asegurar a los beneficiarios el régimen de cobertura médica de emergencias, la cobertura de salud, cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley Nacional Nº 23.660, y los compromisos derivados de la Ley Nacional Nº24.557 de Riesgos de Trabajo.
Los contratos de pasantías que se encuentren vigentes al momento de la promulgación de la presente ley deberán adecuarse a sus prescripciones en el término de Ciento Ochenta (180) días, excepto en lo referido a la duración de las mismas, los que se cumplirán hasta la finalización del plazo originalmente suscripto, no pudiendo ser renovados ni prorrogados.
FUNDAMENTOS. “La presente iniciativa propone la creación de un Sistema de Pasantías Educativas en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos, destinado a estudiantes de la Educación Secundaria, Educación Superior y Adultos y de la Formación Técnico-Profesional, de establecimientos dependientes del Consejo General de Educación, en todos los casos bajo la naturaleza jurídica de contrato de carácter educativo y no laboral.
Un sistema de pasantía debe direccionarse hacia el enriquecimiento de la propuesta curricular de los estudios que el beneficiario está llevando adelante, como así también debe propender a que el alumno logre las habilidades y capacidades relacionados a hechos reales del mundo del trabajo, sin que esto adquiera una visión meramente utilitaria.
Asimismo debe apuntar a generar dispositivos de vinculación entre los sectores tanto públicos como privados de la provincia y el sistema educativo en su conjunto, con el fin de propiciar interacciones mancomunadas que sirvan concomitántemente para el cumplimiento de los objetivos educativos y para el desarrollo tecnológico y productivo del territorio entrerriano.
Es por ello que creemos conveniente brindar un marco legal que no sólo contemple la realización de pasantías en el ámbito público sino también incorporar al sector privado para consolidar un sistema educativo que se articule con las necesidades de la empresa y de la sociedad con las que interactúa.
Nos encontramos frente a una realidad cada vez más compleja y cambiante, que generan problemáticas multifacéticas que demandan diferentes estrategias, para las cuales se necesita contar con capacidades reales, fundamentalmente en el ámbito tecnológico y productivo, y con la participación y el compromiso de distintos sectores en la función de formar y capacitar técnicos y profesionales, conforme a los requerimientos locales y regionales”, indicó el diputado Rotman en los fundamentos de su proyecto de Ley. (Fuente: Debate Abierto)
Rotman propone crear un Sistema de Pasantías Educativas
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El diputado provincial, Alberto Rotman (Cambiemos) propicia la creación de un Sistema de Pasantías Educativas en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, destinado a estudiantes de la Educación Secundaria, de la Educación Superior, y de la Formación Técnico-Profesional, de establecimientos dependientes del Concejo General de Educación (CGE).
Alberto Rotman.