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Los vecinos del Barrio “El Lago” manifiestan públicamente su inquietud en relación al loteo de espacios verdes de la ciudad a los fines de utilizarlos para loteos sociales. Así se indicó en un comunicado enviado al portal Debate Abierto.

Enfrentamiento entre vecinos y municipio por espacios verdes en Crespo
Los vecinos del Barrio “El Lago” celebramos la iniciativa del gobierno municipal de abordar el acceso a la vivienda y entendemos que esta es una oportunidad para familias crespenses que podrán ver plasmada la vivienda propia.
Los vecinos comprendemos y compartimos plenamente esos sentimientos ya que estamos y hemos estado en esa situación.
Sin embargo, es lamentable que el municipio, quien debe representar los intereses de todos los ciudadanos de crespo, crea que la única alternativa para abordar el tema habitacional es reducir los espacios verdes de la ciudad, esgrimiendo criterios urbanísticos sin que esto constituya una respuesta integral para las necesidades de la población.
El Código de Normas Básicas de Uso, Ocupación y Subdivisión del Suelo de la ciudad de Crespo (Ordenanza 46/09) en su articulo Nro 4.6 indica que los espacios verdes de la ciudad no pueden subdividirse indicando su uso predominante como Recreativo en general, como uso complementario especificando que conservará el uso y ocupación existente no permitiéndose su subdivisión. Asimismo el art. 27 de la misma establece que en el caso de las fracciones de terrenos donadas a los fines de Equipamiento municipal o espacios verdes, no podrán, en ningún caso transferirse a terceros y el Art. 30 declara que “las parcelas destinadas a espacios verdes no podrán afectarse a otro uso que no sea el de plazas, jardines, plazoletas o similares, aceptando como uso complementario el de juegos infantiles”.
Posteriormente, la aprobación de la ordenanza 69/18 en octubre pasado, establece la desafectación de las áreas verdes como tal, y su posterior afectación a la construcción de viviendas sociales destinado a familias, incumpliendo de esta manera y contradiciendo la mencionada 46/09.
El punto más grave de ésta ordenanza, es que a través de la misma, se sienta un precedente para que en el futuro se continúe afectando cualquiera de los espacios verdes de la ciudad como alternativa para abordar el acceso a la vivienda.
Ésta ordenanza se ha sancionado discrepando con la Ley General del Ambiente 25675 (art 11, 19 al 21), es decir, sin un estudio de impacto ambiental ni la institucionalización de procedimientos de consultas o audiencias públicas para la autorización de una acción que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.
El municipio brega por los espacios de esparcimiento y recreación a través de programas como el de “La plaza de mi barrio” el cual “es una construcción comunitaria de los espacios verdes que tiene como objetivo el diseño del espacio público, desde una intervención comunitaria y participativa, impulsando un compromiso de convivencia y ciudadanía“, siendo esto incoherente con la determinación de tomar posesión y decidir el destino de las plazas de nuestros barrios sin haber realizado ninguna consulta ni permitido la participación activa de los vecinos afectados.
Asimismo el propio municipio ha realizado una importante inversión cubriendo una pared del edificio municipal con un hermoso jardín vertical, a los fines de demostrar su impronta ecologista, indicando que este tipo de emprendimientos es “una acción más en el plan de gestiones ambientales los cuales son sistemas de prevención amigables con el medioambiente”, dejando en claro una vez mas su interés por la protección del mismo y con la salud de sus ciudadanos, contrariamente a la ordenanza que el HCD ha aprobado.
Cuando se afecta el ambiente se ven especialmente vulnerados el derecho a la vida, a la salud, al agua, a la alimentación, a la vivienda y a la cultura. Entendemos que la expansión urbana no debe convertir a los barrios en espacios que olviden a sus habitantes o los releguen a unas condiciones que puedan afectar su salud o sus contextos sociales ni alteren los estándares de protección vigente procurando la mejora gradual de los bienes ambientales.
Es responsabilidad del estado velar para que el desarrollo económico y social se alcance a través de una gestión apropiada del ambiente, teniendo como deber su preservación de manera de no comprometer las posibilidades de las generaciones presentes y futuras. Y no generar una brecha y tensión innecesaria entre “Ciudadanos que pretenden el acceso a su vivienda” vs. “Ciudadanos que defienden el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado”. Pretendemos que sean tomadas en cuenta las necesidades emergentes de los ciudadanos de crespo que hoy se ven afectados por las decisiones políticas del gobierno municipal en curso y de los que pueden verse afectados en un futuro por estas mismas decisiones que sientan un antecedente urbanístico, ecológico y de salud contrario a las políticas que han sostenido Crespo en conjunto con sus ciudadanos. Por lo que creemos conveniente que el municipio encuentre otras soluciones al tema habitacional sin causar daños y divisiones en la sociedad.
Es por esto que con fecha 14 de Febrero del corriente año, presentamos una nota al municipio solicitando la modificación de la ordenanza 69/18 excluyendo los espacios verdes de nuestro barrio y la derogación del articulo 2 de la misma ordenanza. A tal fin solicitamos una SESION EXTRAORDINARIA del cuerpo deliberativo.
“La mejora o la degradación del ambiente beneficia o perjudica a toda la población, porque es un bien que pertenece a la esfera social y transindividual “ – Corte Suprema de Justicia de la Nación. (Fuente: Debate Abierto)
Vecinos de Crespo preocupados por los espacios verdes
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Los vecinos del Barrio “El Lago” manifiestan públicamente su inquietud en relación al loteo de espacios verdes de la ciudad a los fines de utilizarlos para loteos sociales. Así se indicó en un comunicado enviado al portal Debate Abierto.
Enfrentamiento entre vecinos y municipio por espacios verdes en Crespo
Los vecinos del Barrio “El Lago” celebramos la iniciativa del gobierno municipal de abordar el acceso a la vivienda y entendemos que esta es una oportunidad para familias crespenses que podrán ver plasmada la vivienda propia.
Los vecinos comprendemos y compartimos plenamente esos sentimientos ya que estamos y hemos estado en esa situación.
Sin embargo, es lamentable que el municipio, quien debe representar los intereses de todos los ciudadanos de crespo, crea que la única alternativa para abordar el tema habitacional es reducir los espacios verdes de la ciudad, esgrimiendo criterios urbanísticos sin que esto constituya una respuesta integral para las necesidades de la población.
El Código de Normas Básicas de Uso, Ocupación y Subdivisión del Suelo de la ciudad de Crespo (Ordenanza 46/09) en su articulo Nro 4.6 indica que los espacios verdes de la ciudad no pueden subdividirse indicando su uso predominante como Recreativo en general, como uso complementario especificando que conservará el uso y ocupación existente no permitiéndose su subdivisión. Asimismo el art. 27 de la misma establece que en el caso de las fracciones de terrenos donadas a los fines de Equipamiento municipal o espacios verdes, no podrán, en ningún caso transferirse a terceros y el Art. 30 declara que “las parcelas destinadas a espacios verdes no podrán afectarse a otro uso que no sea el de plazas, jardines, plazoletas o similares, aceptando como uso complementario el de juegos infantiles”.
Posteriormente, la aprobación de la ordenanza 69/18 en octubre pasado, establece la desafectación de las áreas verdes como tal, y su posterior afectación a la construcción de viviendas sociales destinado a familias, incumpliendo de esta manera y contradiciendo la mencionada 46/09.
El punto más grave de ésta ordenanza, es que a través de la misma, se sienta un precedente para que en el futuro se continúe afectando cualquiera de los espacios verdes de la ciudad como alternativa para abordar el acceso a la vivienda.
Ésta ordenanza se ha sancionado discrepando con la Ley General del Ambiente 25675 (art 11, 19 al 21), es decir, sin un estudio de impacto ambiental ni la institucionalización de procedimientos de consultas o audiencias públicas para la autorización de una acción que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.
El municipio brega por los espacios de esparcimiento y recreación a través de programas como el de “La plaza de mi barrio” el cual “es una construcción comunitaria de los espacios verdes que tiene como objetivo el diseño del espacio público, desde una intervención comunitaria y participativa, impulsando un compromiso de convivencia y ciudadanía“, siendo esto incoherente con la determinación de tomar posesión y decidir el destino de las plazas de nuestros barrios sin haber realizado ninguna consulta ni permitido la participación activa de los vecinos afectados.
Asimismo el propio municipio ha realizado una importante inversión cubriendo una pared del edificio municipal con un hermoso jardín vertical, a los fines de demostrar su impronta ecologista, indicando que este tipo de emprendimientos es “una acción más en el plan de gestiones ambientales los cuales son sistemas de prevención amigables con el medioambiente”, dejando en claro una vez mas su interés por la protección del mismo y con la salud de sus ciudadanos, contrariamente a la ordenanza que el HCD ha aprobado.
Cuando se afecta el ambiente se ven especialmente vulnerados el derecho a la vida, a la salud, al agua, a la alimentación, a la vivienda y a la cultura. Entendemos que la expansión urbana no debe convertir a los barrios en espacios que olviden a sus habitantes o los releguen a unas condiciones que puedan afectar su salud o sus contextos sociales ni alteren los estándares de protección vigente procurando la mejora gradual de los bienes ambientales.
Es responsabilidad del estado velar para que el desarrollo económico y social se alcance a través de una gestión apropiada del ambiente, teniendo como deber su preservación de manera de no comprometer las posibilidades de las generaciones presentes y futuras. Y no generar una brecha y tensión innecesaria entre “Ciudadanos que pretenden el acceso a su vivienda” vs. “Ciudadanos que defienden el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado”. Pretendemos que sean tomadas en cuenta las necesidades emergentes de los ciudadanos de crespo que hoy se ven afectados por las decisiones políticas del gobierno municipal en curso y de los que pueden verse afectados en un futuro por estas mismas decisiones que sientan un antecedente urbanístico, ecológico y de salud contrario a las políticas que han sostenido Crespo en conjunto con sus ciudadanos. Por lo que creemos conveniente que el municipio encuentre otras soluciones al tema habitacional sin causar daños y divisiones en la sociedad.
Es por esto que con fecha 14 de Febrero del corriente año, presentamos una nota al municipio solicitando la modificación de la ordenanza 69/18 excluyendo los espacios verdes de nuestro barrio y la derogación del articulo 2 de la misma ordenanza. A tal fin solicitamos una SESION EXTRAORDINARIA del cuerpo deliberativo.
“La mejora o la degradación del ambiente beneficia o perjudica a toda la población, porque es un bien que pertenece a la esfera social y transindividual “ – Corte Suprema de Justicia de la Nación. (Fuente: Debate Abierto)