Senadores proyectan ley que declara de interés la conmemoración de la Batalla del Espinillo

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En la última sesión de la Cámara Alta, a propuesta del Senador del Departamento Paraná, Juan Carlos Brambilla, se dio media sanción a un proyecto de ley que propone declarar “de interés provincial”, a la conmemoración del “Bicentenario de la Batalla del Espinillo”, acontecimiento que se dio el 22 de febrero de 1814, a la vera del Arroyo Espinillo, en el departamento Paraná. El texto fue aprobado por unanimidad.

El Senador por el Departamento Paraná impulsó el proyecto de norma

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Además se apunta a incluir en los diseños curriculares, de todos los niveles educativos dependientes del Consejo General de Educación, información sobre este acontecimiento, que según el autor, se trata de un hecho fundamental de la historia provincial.

En los fundamentos del proyecto, con abundantes datos históricos relevantes, que ahora deberá ser analizado por la Cámara de Diputados, se explica que el 22 de febrero de 2014 será el Bicentenario de la “Batalla del Espinillo” (1814).

En el escrito se lo considera como el primer combate en el que se cruzaron grandes unidades del pueblo en armas que seguían al oriental José Artigas y las fuerzas militares enviadas por el gobierno dictatorial de Buenos Aires. El triunfo fue para las fuerzas Artiguistas, conducidas por el entrerriano Eusebio Hereñú, que fue secundado por los orientales Andrés Latorre y Fernando Ortogués.

Al hablar en el recinto Brambilla la consideró como la primera batalla de una guerra entre Federales y Unitarios, que duró 60 años, por lo que vale la pena recordarla, mostrando claramente el ideario que movía a cada uno de los contendientes….

La generosidad de Artigas

Es digno de subrayar en esta acción la generosidad de los Artiguistas frente a las tropas porteñas derrotadas, mucho más allá del principio establecido por Artigas en la batalla de Las Piedras: “Clemencia para los vencidos”.

En la Batalla del Espinillo se produce el primer reclamo popular por juicio y castigo a militares imputados de cometer delitos contra la población civil.

“Seguramente en aquella época no se hablaba aun de “Derechos Humanos” ni de “Delitos de Lesa Humanidad”, pero los pueblos que seguían a Don José Artigas tenían muy claras algunas ideas precursoras también en estas materias, muy consistentes con la premisa establecida en el Artículo 18 de las Instrucciones del año XIII: El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los Pueblos”, concluyó Brambilla al fundamentar en el recinto. (Fuente: Honorable Cámara de Senadores)