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El Colegio de Abogados de Entre Ríos “rechaza categóricamente” la firma del decreto 157/2018 del Poder Ejecutivo porque afecta los derechos de los profesionales al no aplicar la ley de honorarios de los abogados en el ámbito federal a las leyes de Reparación Histórica y Riesgos de Trabajos.
Denuncian la inconstitucionalidad de la medida.
Por la Reparación Histórica
El Presidente de la Nación dictó este martes un decreto de necesidad y urgencia (DNU 157/2018) por el cual la Ley N° 27.423 de Honorarios de
Abogados en el fuero Federal y Nacional no se aplicará al programa de “Reparación Histórica” (Ley N° 27.260) ni a la ley complementaria del
sistema de Riesgos del Trabajo (Ley N° 27.348).
La norma tiene en sus considerandos las siguientes afirmaciones: “La finalización de la Feria Judicial y la reanudación de la actividad en todos
los tribunales del país hacen necesario disponer con urgencia las adecuaciones antes descriptas a efectos de llevar absoluta certeza jurídica
en beneficio de los justiciables. No puede descartarse la posibilidad que se planteen conflictos interpretativos en relación al ámbito de aplicación
de las normas. Corresponde al Estado Nacional adoptar todas las medidas necesarias que aporten a generar previsibilidad y seguridad jurídica,
mediante regulaciones normativas claras que no den lugar a diversas interpretaciones (…) ser imposible seguir los trámites ordinarios
previstos en la Constitución para la sanción de las leyes.”
Días pasados, la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) criticó el dictado el decreto de necesidad y urgencia 27/2018 que
modificaba alrededor de 140 leyes y decretos.
Se recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha manifestado que “Las facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista” (Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”).
En base a esto, la FACA sostiene que el P.E.N. ha recurrido al art. 99 inc. 3º de la Constitución Nacional para dictar un decreto de necesidad y
urgencia, lo que implica el ejercicio de un acto de gobierno extraordinario, resultando lesivo del orden constitucional republicano
establecido en la Carta Magna. Esta opinión de la FACA es aplicable a este nuevo decreto de necesidad y urgencia.
Por esto, el Colegio de Abogados de Entre Ríos rechaza categóricamente la norma extraordinaria que ataca el ejercicio profesional y su justa
retribución fijada por el Congreso de la Nación. (Fuente: Debate Abierto)
Macri en contra de los honorarios de los abogados*
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El Colegio de Abogados de Entre Ríos “rechaza categóricamente” la firma del decreto 157/2018 del Poder Ejecutivo porque afecta los derechos de los profesionales al no aplicar la ley de honorarios de los abogados en el ámbito federal a las leyes de Reparación Histórica y Riesgos de Trabajos.
Denuncian la inconstitucionalidad de la medida.
Por la Reparación Histórica
El Presidente de la Nación dictó este martes un decreto de necesidad y urgencia (DNU 157/2018) por el cual la Ley N° 27.423 de Honorarios de
Abogados en el fuero Federal y Nacional no se aplicará al programa de “Reparación Histórica” (Ley N° 27.260) ni a la ley complementaria del
sistema de Riesgos del Trabajo (Ley N° 27.348).
La norma tiene en sus considerandos las siguientes afirmaciones: “La finalización de la Feria Judicial y la reanudación de la actividad en todos
los tribunales del país hacen necesario disponer con urgencia las adecuaciones antes descriptas a efectos de llevar absoluta certeza jurídica
en beneficio de los justiciables. No puede descartarse la posibilidad que se planteen conflictos interpretativos en relación al ámbito de aplicación
de las normas. Corresponde al Estado Nacional adoptar todas las medidas necesarias que aporten a generar previsibilidad y seguridad jurídica,
mediante regulaciones normativas claras que no den lugar a diversas interpretaciones (…) ser imposible seguir los trámites ordinarios
previstos en la Constitución para la sanción de las leyes.”
Días pasados, la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) criticó el dictado el decreto de necesidad y urgencia 27/2018 que
modificaba alrededor de 140 leyes y decretos.
Se recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha manifestado que “Las facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista” (Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”).
En base a esto, la FACA sostiene que el P.E.N. ha recurrido al art. 99 inc. 3º de la Constitución Nacional para dictar un decreto de necesidad y
urgencia, lo que implica el ejercicio de un acto de gobierno extraordinario, resultando lesivo del orden constitucional republicano
establecido en la Carta Magna. Esta opinión de la FACA es aplicable a este nuevo decreto de necesidad y urgencia.
Por esto, el Colegio de Abogados de Entre Ríos rechaza categóricamente la norma extraordinaria que ataca el ejercicio profesional y su justa
retribución fijada por el Congreso de la Nación. (Fuente: Debate Abierto)