La provincia reglamentó la Ley de Alcoholemia Cero

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Con el objeto de disminuir el número de siniestros viales relacionados con el consumo de alcohol, el Poder Ejecutivo reglamentó este viernes la ley de “alcoholemia cero” para toda la provincia. No se podrá conducir ningún tipo de vehículo si se hubiere ingerido bebidas alcohólicas.

No se podrá conducir ningún tipo de vehículo si se hubiere ingerido bebidas alcohólicas.

No se podrá conducir ningún tipo de vehículo si se hubiere ingerido bebidas alcohólicas.

El programa “Alcoholemia Cero” prohíbe conducir cualquier tipo de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero. Además establece que los conductores deben someterse a las pruebas para la detección de posibles intoxicaciones.

La reglamentación llevada a cabo mediante decreto detalla tanto las sanciones a aplicar a los infractores, como el procedimiento de actuación. La norma indica que la negativa a someterse a dicho control, o la falta de cooperación, constituyen una infracción, además de la presunción en contra de quien se niegue.

Las pruebas de detección o verificación alcohólica serán realizadas mediante dispositivos denominados alcoholímetros, que determinan la cantidad de alcohol en sangre por el método de aire espirado, los cuales deberán estar debidamente verificados y aprobados.

En el caso de que el conductor o infractor no colabore con el procedimiento se podrá retener preventivamente el vehículo, la licencia, e inhabilitarse a la persona para conducir por un plazo determinado.

Respecto de las sanciones previstas en la reglamentación consisten en multas que van desde 100 a los 2000 UF dependiendo de la gravedad de la infracción. (Fuente: www.entrerios.gov.ar)