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*Por Julio Solanas
La escalada de reformas propuestas por el Gobierno Nacional no debe ser analizada solo desde el contexto triunfante de un periodo electoral. De forma contraria, es menester ampliar la mirada sobre los hechos, ya que el énfasis triunfalista con el que los gobiernos se piensan avalados en sus decisiones luego de una contienda electoral ventajosa, los lleva a creer que son inmunes a las críticas, a los errores, y principalmente, a cualquier tipo de obstáculo y/o oposición. Nuestra tarea como legisladores radica en defender los intereses de quienes confiaron en nosotros, para velar por sus derechos y necesidades. En estos tiempos es donde debemos ser más cautelosos, y analizar con extrema seriedad los procesos de reformas, más aun cuando los propuestos parecieran ser en muchos casos, proceso de cambio radicalizados y en beneficio de determinados sectores de poder.
No podremos comprender el presente sin referencia a nuestro pasado. La perspectiva histórica enmarca nuestro análisis y nos permite percibir de dónde venimos y hacia dónde vamos. De esta manera no debemos olvidar los logros obtenidos en política social, los derechos adquiridos, y los triunfos de los trabajadores. Tampoco, despejar de nuestra memoria estos dos años de gobierno, en donde nos vimos en la obligación de oponernos a las políticas y proyectos del gobierno nacional, los cuales en su gran mayoría encuadraban tarifazos, políticas de endeudamiento, privatizaciones, apertura de importaciones y procesos de extranjerización en desmedro de la producción nacional y el mercado interno, generando un aumento del desempleo y perpetuando la transferencia de los recursos de los trabajadores hacia los sectores más concentrados de la economía global.
Una sociedad sometida al ajuste, el desempleo y la exclusión, es una sociedad que pierde su libertad y ve vulnerados sus derechos, los que a partir de entonces se encontrarán en manos de los dueños del poder. De ahí la importancia de comprender el verdadero significado de estas reformas y sus consecuencias para la vida de los argentinos; no solo para oponerse a todo aquello que los perjudique sino también para contribuir a la organización de un sistema económico y social, respetuosa de los derechos del hombre.
De esta manera, el punto de partida para analizar las reformas no debe ser otro que la dignidad de las personas, la defensa de los derechos de los trabajadores, los jubilados, y los sectores más humildes de nuestra patria. Los derechos adquiridos por los trabajadores luego de muchos años de lucha y organización pueden ser puestos en peligro generándose un proceso de precarización, pérdida del poder adquisitivo y aumento de la pobreza.
Reformar no es avanzar: el derecho al trabajo
Un principio es el que debe primar y guiarnos en este caso: cualquier reforma que avance sobre los derechos laborales hacia una flexibilización, precarización o políticas de tercerización, y que a su vez proponga la reducción de los costos laborales, basadas en la baja de las contribuciones patronales, la anulación de los juicios e indemnizaciones, pone en peligro la vida y la posibilidad de desarrollo de los trabajadores y sus familias. Y en ese marco, clara está nuestra obligación de defender sus derechos y las conquistas históricas del pueblo.
Así debemos velar, por ejemplo, que la iniciativa oficial no implique una reducción en el monto para calcular los resarcimientos o indemnizaciones, el sueldo anual complementario, las horas extraordinarias, las comisiones, premios y/o bonificaciones. La ley actual define que la base de la indemnización es “la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada” pero no excluye explícitamente los conceptos que el proyecto oficial ahora deja de lado. Por eso, en la actualidad hay una serie de ingresos extra-salariales que los trabajadores cobran con continuidad que terminan incluidos en las indemnizaciones, y que no deben quedar excluidos en la nueva legislación.
Otro punto de la reforma que envuelve una crítica profunda, es la creación de un “Fondo de cese laboral” con los aportes patronales que podría hacer perder el poder disuasivo de la indemnización. El proyecto oficial plantea que en los convenios colectivos se podrá establecer un fondo integrado por aportes patronales para solventar el pago de la indemnización para los despidos sin causa y las demás modalidades de extinción del vínculo laboral. Si bien no está claro cómo funcionaría dicho fondo, la lógica de ese instrumento replica el estatuto del sector de la construcción consagrado en la Ley 22.250. En función de la lógica de trabajo inestable del sector de la construcción, el estatuto de esa actividad permite que el empleador despida a los trabajadores sin ningún tipo de problema porque desde el comienzo de la relación contractual aporta a un fondo que luego financia el resarcimiento. Cuando se disuelve el contrato, lo único que hace el trabajador es retirar plata de ese fondo. Es la inestabilidad laboral más absoluta: es un gran problema porque se legitima la extinción sin causa del vínculo laboral y se rompe con la lógica disuasiva de la indemnización. Es más, esto modifica la naturaleza de la relación laboral porque al no tener costo el despido, el empleado pasaría a estar en una situación extremadamente desventajosa frente al empleador. Además, en la construcción el fondo lo termina financiando el empleado porque la empresa descuenta el aporte del salario.
De acuerdo a cómo finalmente se decida el alcance de estos cambios laborales, hay un tema de derechos adquiridos y la intangibilidad de ciertos principios constitucionales. El artículo 75 de la Constitución Nacional incorpora tratados internacionales que avalan el derecho de los trabajadores a la seguridad social y establece una serie de principios de progresividad que tiene rango constitucional. Es decir, por el principio de progresividad no se puede retroceder en derechos de un trabajador, menos aún quitar esos derechos. Toda modificación que implique la pérdida de un derecho es inconstitucional. No debemos perder nunca de vista los principios y valores por los que se rige nuestro sistema legal y se organiza nuestra sociedad. El retroceso o la anulación de los mismos, la pérdida de derechos y logros obtenidos, nos alejan cada vez más de una sociedad equitativa y justa.
En términos resumidos esta reforma parecería arrasar con la Ley de Contrato de Trabajo y las normas protectoras laborales y de la seguridad social; el proyecto termina siendo lo que muchos sospechaban: una “flexibilización laboral”. Proponen la “liberación de las fuerza de la producción”: la iniciativa oficial extiende de modo exponencial la tercerización laboral, desnaturaliza las multas por el empleo no registrado, crea la fraudulenta figura del “trabajador autónomo económicamente dependiente” y reduce la indemnización por despido. Por otra parte, habilita a los sindicatos a negociar, a la baja, la ampliación de la jornada de trabajo, eliminando el pago de horas extras; como asimismo, la sustitución del pago de la indemnización por despido que le corresponde al empleador por un “fondo de cese de empleo”. Modifica el plazo de prescripción, en forma discriminatoria para las personas que trabajan, pasando de dos a un año, además de conceder disminuciones en las contribuciones patronales y suprimir las sanciones a los empleadores por la violación de las leyes que obligan a registrar la relación laboral.
Resulta una falacia que para generar más empleo, se eliminen las normas que tutelan a la persona que trabaja y el sentido compensador del derecho social. Se trata de un presupuesto de matriz neoliberal que ha fracasado una y mil veces en la historia, avasallando la dignidad de la persona, alimentando la cultura del descarte y creando estructuras de exclusión, explotación y malignidad.
El trabajo profundiza la dignidad de la persona, ordena la vida de la familia y dinamiza sus vínculos con la comunidad. Ninguna propuesta que tienda a la destrucción de los derechos de los trabajadores generará justicia ni contribuirá al Bien Común.
*Diputado Nacional FPV
“Reformar para volver al pasado”
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*Por Julio Solanas
La escalada de reformas propuestas por el Gobierno Nacional no debe ser analizada solo desde el contexto triunfante de un periodo electoral. De forma contraria, es menester ampliar la mirada sobre los hechos, ya que el énfasis triunfalista con el que los gobiernos se piensan avalados en sus decisiones luego de una contienda electoral ventajosa, los lleva a creer que son inmunes a las críticas, a los errores, y principalmente, a cualquier tipo de obstáculo y/o oposición. Nuestra tarea como legisladores radica en defender los intereses de quienes confiaron en nosotros, para velar por sus derechos y necesidades. En estos tiempos es donde debemos ser más cautelosos, y analizar con extrema seriedad los procesos de reformas, más aun cuando los propuestos parecieran ser en muchos casos, proceso de cambio radicalizados y en beneficio de determinados sectores de poder.
No podremos comprender el presente sin referencia a nuestro pasado. La perspectiva histórica enmarca nuestro análisis y nos permite percibir de dónde venimos y hacia dónde vamos. De esta manera no debemos olvidar los logros obtenidos en política social, los derechos adquiridos, y los triunfos de los trabajadores. Tampoco, despejar de nuestra memoria estos dos años de gobierno, en donde nos vimos en la obligación de oponernos a las políticas y proyectos del gobierno nacional, los cuales en su gran mayoría encuadraban tarifazos, políticas de endeudamiento, privatizaciones, apertura de importaciones y procesos de extranjerización en desmedro de la producción nacional y el mercado interno, generando un aumento del desempleo y perpetuando la transferencia de los recursos de los trabajadores hacia los sectores más concentrados de la economía global.
Una sociedad sometida al ajuste, el desempleo y la exclusión, es una sociedad que pierde su libertad y ve vulnerados sus derechos, los que a partir de entonces se encontrarán en manos de los dueños del poder. De ahí la importancia de comprender el verdadero significado de estas reformas y sus consecuencias para la vida de los argentinos; no solo para oponerse a todo aquello que los perjudique sino también para contribuir a la organización de un sistema económico y social, respetuosa de los derechos del hombre.
De esta manera, el punto de partida para analizar las reformas no debe ser otro que la dignidad de las personas, la defensa de los derechos de los trabajadores, los jubilados, y los sectores más humildes de nuestra patria. Los derechos adquiridos por los trabajadores luego de muchos años de lucha y organización pueden ser puestos en peligro generándose un proceso de precarización, pérdida del poder adquisitivo y aumento de la pobreza.
Reformar no es avanzar: el derecho al trabajo
Un principio es el que debe primar y guiarnos en este caso: cualquier reforma que avance sobre los derechos laborales hacia una flexibilización, precarización o políticas de tercerización, y que a su vez proponga la reducción de los costos laborales, basadas en la baja de las contribuciones patronales, la anulación de los juicios e indemnizaciones, pone en peligro la vida y la posibilidad de desarrollo de los trabajadores y sus familias. Y en ese marco, clara está nuestra obligación de defender sus derechos y las conquistas históricas del pueblo.
Así debemos velar, por ejemplo, que la iniciativa oficial no implique una reducción en el monto para calcular los resarcimientos o indemnizaciones, el sueldo anual complementario, las horas extraordinarias, las comisiones, premios y/o bonificaciones. La ley actual define que la base de la indemnización es “la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada” pero no excluye explícitamente los conceptos que el proyecto oficial ahora deja de lado. Por eso, en la actualidad hay una serie de ingresos extra-salariales que los trabajadores cobran con continuidad que terminan incluidos en las indemnizaciones, y que no deben quedar excluidos en la nueva legislación.
Otro punto de la reforma que envuelve una crítica profunda, es la creación de un “Fondo de cese laboral” con los aportes patronales que podría hacer perder el poder disuasivo de la indemnización. El proyecto oficial plantea que en los convenios colectivos se podrá establecer un fondo integrado por aportes patronales para solventar el pago de la indemnización para los despidos sin causa y las demás modalidades de extinción del vínculo laboral. Si bien no está claro cómo funcionaría dicho fondo, la lógica de ese instrumento replica el estatuto del sector de la construcción consagrado en la Ley 22.250. En función de la lógica de trabajo inestable del sector de la construcción, el estatuto de esa actividad permite que el empleador despida a los trabajadores sin ningún tipo de problema porque desde el comienzo de la relación contractual aporta a un fondo que luego financia el resarcimiento. Cuando se disuelve el contrato, lo único que hace el trabajador es retirar plata de ese fondo. Es la inestabilidad laboral más absoluta: es un gran problema porque se legitima la extinción sin causa del vínculo laboral y se rompe con la lógica disuasiva de la indemnización. Es más, esto modifica la naturaleza de la relación laboral porque al no tener costo el despido, el empleado pasaría a estar en una situación extremadamente desventajosa frente al empleador. Además, en la construcción el fondo lo termina financiando el empleado porque la empresa descuenta el aporte del salario.
De acuerdo a cómo finalmente se decida el alcance de estos cambios laborales, hay un tema de derechos adquiridos y la intangibilidad de ciertos principios constitucionales. El artículo 75 de la Constitución Nacional incorpora tratados internacionales que avalan el derecho de los trabajadores a la seguridad social y establece una serie de principios de progresividad que tiene rango constitucional. Es decir, por el principio de progresividad no se puede retroceder en derechos de un trabajador, menos aún quitar esos derechos. Toda modificación que implique la pérdida de un derecho es inconstitucional. No debemos perder nunca de vista los principios y valores por los que se rige nuestro sistema legal y se organiza nuestra sociedad. El retroceso o la anulación de los mismos, la pérdida de derechos y logros obtenidos, nos alejan cada vez más de una sociedad equitativa y justa.
En términos resumidos esta reforma parecería arrasar con la Ley de Contrato de Trabajo y las normas protectoras laborales y de la seguridad social; el proyecto termina siendo lo que muchos sospechaban: una “flexibilización laboral”. Proponen la “liberación de las fuerza de la producción”: la iniciativa oficial extiende de modo exponencial la tercerización laboral, desnaturaliza las multas por el empleo no registrado, crea la fraudulenta figura del “trabajador autónomo económicamente dependiente” y reduce la indemnización por despido. Por otra parte, habilita a los sindicatos a negociar, a la baja, la ampliación de la jornada de trabajo, eliminando el pago de horas extras; como asimismo, la sustitución del pago de la indemnización por despido que le corresponde al empleador por un “fondo de cese de empleo”. Modifica el plazo de prescripción, en forma discriminatoria para las personas que trabajan, pasando de dos a un año, además de conceder disminuciones en las contribuciones patronales y suprimir las sanciones a los empleadores por la violación de las leyes que obligan a registrar la relación laboral.
Resulta una falacia que para generar más empleo, se eliminen las normas que tutelan a la persona que trabaja y el sentido compensador del derecho social. Se trata de un presupuesto de matriz neoliberal que ha fracasado una y mil veces en la historia, avasallando la dignidad de la persona, alimentando la cultura del descarte y creando estructuras de exclusión, explotación y malignidad.
El trabajo profundiza la dignidad de la persona, ordena la vida de la familia y dinamiza sus vínculos con la comunidad. Ninguna propuesta que tienda a la destrucción de los derechos de los trabajadores generará justicia ni contribuirá al Bien Común.
*Diputado Nacional FPV