Maximiliano De Giusto fue declarado responsable del siniestro vial en el que murieron seis personas en 2012. Fue inhabilitado para conducir por nueve años. Permanece en libertad hasta que la sentencia quede firme.
Más de 4 años de prisión.
Se realizó esta mañana, el adelanto de la sentencia, en el marco del juicio que se llevó adelante contra Maximiliano Ariel De Giusto, en busca de establecer su responsabilidad en el siniestro vial ocurrido el 28 de enero de 2012, en el que murieron seis personas. Cabe recordar que el accidente ocurrió en el kilómetro 475 de la ruta nacional Nº 12, a setenta metros del acceso a El Palenque.
Prisión efectiva
Esta mañana, se condenó a Maximiliano Ariel De Giusto, a la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión por homicidio culposo, debido a la pluralidad de víctimas que fallecieron en el accidente. Además, De Giusto fue inhabilitado para conducir por el término de nueve años.
Así lo estableció el Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, a cargo del Juzgado Correccional Nº 1, en transición, Pablo Vírgala, quien declaró a De Giusto, de 28 años, como autor material y responsable del delito de ”Homicidio culposo agravado por la pluralidad de víctimas y la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor” y estableció que la pena es de cumplimiento efectivo.
El accidente
La camioneta Mitsubishi L200 3.2, en la que De Giusto iba alcoholizado y a más de 137 kilómetros por hora, acompañado por Rogelio Córdoba; impactó al Fiat Duna en el que iban Omar Alberto Restano, María Mercedes Lovera, Andrea de los Ángeles Restano, José Luis Restano, María Belén Restano, y Javier Rolando Zaragoza, generando una transferencia de energía cinética que impulsó al Duna, que iba a considerable menor velocidad, ochenta metros sobre la ruta, y, cuarenta y cinco metros sobre el pasto de la banquina.
La violencia del impacto, provocó la muerte de cinco personas, mientras que la sexta víctima, falleció tiempo después.
En la sentencia, se tuvieron en cuenta algunos atenuantes de la pena, como también factores agravantes del delito. Para morigerar la pena, el juez tomó en cuenta la juventud del imputado, su falta de antecedentes penales; el largo tiempo transcurrido así como la insoslayable referencia a su relación de amistad con las víctimas de este infausto accidente y el probable dolor que ello le genera y del que da cuenta el informe psicológico agregado en el plenario por su defensa con la anuencia de los acusadores”.
Por otra parte, entre los agravantes, el juez mencionó que “el inconmensurable daño causado (la muerte de una familia casi completa que ellas conformaban); de otra persona también conocida; la gravedad de la naturaleza de la acción desplegada en el hecho; las verificadas infracciones a la normativa de tráfico viario (velocidad antirreglamentaria; alcohol en sangre); la inocultable indiferencia demostrada así para con el bien jurídico “vida”.
El abogado Iván Vernengo, representante de la familia Zaragoza, había solicitado en la etapa de alegatos que De Giusto sea condenado a 4 años y 8 meses de prisión y el doble de tiempo de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículos. El letrado se mostró conforme con la sentencia y dijo que “creo que es una sentencia que se ajusta a derecho y a lo que la Fiscalía y ambas querellas pretendíamos”, resaltó.
Asimismo señaló que “la sentencia está bien mesurada, porque se tuvieron en cuenta los atenuantes y los agravantes, que también fueron mencionados por esta querella y por la Fiscalía, por eso creemos que es una pena que se ajusta a derecho”, dijo Vernengo y agregó que por el momento, el joven condenado por el accidente en el que murieron seis personas, permanecerá en libertad hasta que “la condena quede firme y cuando eso pase, comenzará a cumplir la condena efectiva que se le ha dictado”, afirmó el abogado que representa a la familia Zaragoza.
En referencia a la velocidad con la que se trasladaba la camioneta Mitsubishi L200 en la que iba De Giusto, el abogado sostuvo que “en el lugar del accidente, la velocidad permitida era de 80 km/h y la camioneta iba a 137 km/h, es decir, casi un 80 por ciento más de lo permitido”, remarcó Vernengo y agregó que a eso se suma “el exceso de alcohol en sangre y la contundencia de las pericias, en la que se estableció que no hay rastros de maniobras evasivas”, remarcó.
Se había informado que en la jornada de alegatos, el fiscal coordinador Rafael Cotorruelo, había solicitado que Maximiliano De Giusto sea condenado a cuatro años de prisión y ocho de inhabilitación para conducir, lo que finalmente ocurrió.
Al respecto, el abogado que representa a la familia Zaragoza, señaló que “teniendo en cuenta que el máximo de condena para este tipo de hechos, es de cinco años, la pena dictada este martes, es jurídicamente alta”, dijo y agregó que en la misma, ”el delito estaba agravado por la pluralidad de víctimas y esto activa relevancia al momento de meritar la pena, es decir, murió una familia casi completa y otra que se quedó sin un integrante”, explicó Vernengo. (Fuente: Elonce.com)
Condenan al joven que mató a seis personas en un accidente en El Palenque
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Maximiliano De Giusto fue declarado responsable del siniestro vial en el que murieron seis personas en 2012. Fue inhabilitado para conducir por nueve años. Permanece en libertad hasta que la sentencia quede firme.
Más de 4 años de prisión.
Se realizó esta mañana, el adelanto de la sentencia, en el marco del juicio que se llevó adelante contra Maximiliano Ariel De Giusto, en busca de establecer su responsabilidad en el siniestro vial ocurrido el 28 de enero de 2012, en el que murieron seis personas. Cabe recordar que el accidente ocurrió en el kilómetro 475 de la ruta nacional Nº 12, a setenta metros del acceso a El Palenque.
Esta mañana, se condenó a Maximiliano Ariel De Giusto, a la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión por homicidio culposo, debido a la pluralidad de víctimas que fallecieron en el accidente. Además, De Giusto fue inhabilitado para conducir por el término de nueve años.
Así lo estableció el Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, a cargo del Juzgado Correccional Nº 1, en transición, Pablo Vírgala, quien declaró a De Giusto, de 28 años, como autor material y responsable del delito de ”Homicidio culposo agravado por la pluralidad de víctimas y la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor” y estableció que la pena es de cumplimiento efectivo.
El accidente
La camioneta Mitsubishi L200 3.2, en la que De Giusto iba alcoholizado y a más de 137 kilómetros por hora, acompañado por Rogelio Córdoba; impactó al Fiat Duna en el que iban Omar Alberto Restano, María Mercedes Lovera, Andrea de los Ángeles Restano, José Luis Restano, María Belén Restano, y Javier Rolando Zaragoza, generando una transferencia de energía cinética que impulsó al Duna, que iba a considerable menor velocidad, ochenta metros sobre la ruta, y, cuarenta y cinco metros sobre el pasto de la banquina.
La violencia del impacto, provocó la muerte de cinco personas, mientras que la sexta víctima, falleció tiempo después.
En la sentencia, se tuvieron en cuenta algunos atenuantes de la pena, como también factores agravantes del delito. Para morigerar la pena, el juez tomó en cuenta la juventud del imputado, su falta de antecedentes penales; el largo tiempo transcurrido así como la insoslayable referencia a su relación de amistad con las víctimas de este infausto accidente y el probable dolor que ello le genera y del que da cuenta el informe psicológico agregado en el plenario por su defensa con la anuencia de los acusadores”.
Por otra parte, entre los agravantes, el juez mencionó que “el inconmensurable daño causado (la muerte de una familia casi completa que ellas conformaban); de otra persona también conocida; la gravedad de la naturaleza de la acción desplegada en el hecho; las verificadas infracciones a la normativa de tráfico viario (velocidad antirreglamentaria; alcohol en sangre); la inocultable indiferencia demostrada así para con el bien jurídico “vida”.
El abogado Iván Vernengo, representante de la familia Zaragoza, había solicitado en la etapa de alegatos que De Giusto sea condenado a 4 años y 8 meses de prisión y el doble de tiempo de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículos. El letrado se mostró conforme con la sentencia y dijo que “creo que es una sentencia que se ajusta a derecho y a lo que la Fiscalía y ambas querellas pretendíamos”, resaltó.
Asimismo señaló que “la sentencia está bien mesurada, porque se tuvieron en cuenta los atenuantes y los agravantes, que también fueron mencionados por esta querella y por la Fiscalía, por eso creemos que es una pena que se ajusta a derecho”, dijo Vernengo y agregó que por el momento, el joven condenado por el accidente en el que murieron seis personas, permanecerá en libertad hasta que “la condena quede firme y cuando eso pase, comenzará a cumplir la condena efectiva que se le ha dictado”, afirmó el abogado que representa a la familia Zaragoza.
En referencia a la velocidad con la que se trasladaba la camioneta Mitsubishi L200 en la que iba De Giusto, el abogado sostuvo que “en el lugar del accidente, la velocidad permitida era de 80 km/h y la camioneta iba a 137 km/h, es decir, casi un 80 por ciento más de lo permitido”, remarcó Vernengo y agregó que a eso se suma “el exceso de alcohol en sangre y la contundencia de las pericias, en la que se estableció que no hay rastros de maniobras evasivas”, remarcó.
Se había informado que en la jornada de alegatos, el fiscal coordinador Rafael Cotorruelo, había solicitado que Maximiliano De Giusto sea condenado a cuatro años de prisión y ocho de inhabilitación para conducir, lo que finalmente ocurrió.
Al respecto, el abogado que representa a la familia Zaragoza, señaló que “teniendo en cuenta que el máximo de condena para este tipo de hechos, es de cinco años, la pena dictada este martes, es jurídicamente alta”, dijo y agregó que en la misma, ”el delito estaba agravado por la pluralidad de víctimas y esto activa relevancia al momento de meritar la pena, es decir, murió una familia casi completa y otra que se quedó sin un integrante”, explicó Vernengo. (Fuente: Elonce.com)