Leido 70 veces
El diputado provincial del FPV, Daniel Ruberto presentó un proyecto de ley en la Cámara Baja para que el estado provincial sea subsidiario de Sidecreer S.A.
Ruberto preocupado por Sidecreer
El proyecto de Ley refiere:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1º- Declárese responsable subsidiario al Estado Provincial, ante los empleados de Sidecreer S.A. Y por su carácter de únicos accionistas al I.A.F.A.S y/o al I.A.P.S.E.R
Art. 2º- Dicha responsabilidad subsidiaria incluye la obligación de reconocer a los empleados de SIDECREER S.A. Efectivos al 30 de septiembre de 2016, conforme anexo I, conservado en todos los casos y sin excepción, su antigüedad laboral, remuneración normal y habitual, situación de revista, categoría en el Escalafón de Empleados Públicos de la provincia de Entre Ríos equivalente a la que actualmente poseen en SIDECREER y demás derechos adquiridos, otorgando así a los trabajadores una garantía de ocupación.
Art. 3º- La presente comenzará a regir en caso de liquidación, concurso preventivo, fusión, cese de actividades, reducción por efecto de los cuales se produjesen despidos del personal de SIDECREER S.A.- También se hará efectiva la garantía establecida en el Art. 1 precedente.
Art. 4º- De forma.(Fuente: Debate Abierto)
Ruberto preocupado por Sidecreer
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El diputado provincial del FPV, Daniel Ruberto presentó un proyecto de ley en la Cámara Baja para que el estado provincial sea subsidiario de Sidecreer S.A.
Ruberto preocupado por Sidecreer
El proyecto de Ley refiere:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1º- Declárese responsable subsidiario al Estado Provincial, ante los empleados de Sidecreer S.A. Y por su carácter de únicos accionistas al I.A.F.A.S y/o al I.A.P.S.E.R
Art. 2º- Dicha responsabilidad subsidiaria incluye la obligación de reconocer a los empleados de SIDECREER S.A. Efectivos al 30 de septiembre de 2016, conforme anexo I, conservado en todos los casos y sin excepción, su antigüedad laboral, remuneración normal y habitual, situación de revista, categoría en el Escalafón de Empleados Públicos de la provincia de Entre Ríos equivalente a la que actualmente poseen en SIDECREER y demás derechos adquiridos, otorgando así a los trabajadores una garantía de ocupación.
Art. 3º- La presente comenzará a regir en caso de liquidación, concurso preventivo, fusión, cese de actividades, reducción por efecto de los cuales se produjesen despidos del personal de SIDECREER S.A.- También se hará efectiva la garantía establecida en el Art. 1 precedente.
Art. 4º- De forma.(Fuente: Debate Abierto)