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*Por Enrique Ríos

En primer lugar quiero destacar y reconocer la participación en este trabajo de la concejal de la UCR, María Marta Zuiani, no solo por su compromiso, su capacidad técnico profesional, sino por entender y compartir el principio fundamental que nos animó a realizar este trabajo, superando la lógica del enfrentamiento partidario, por el principio de la construcción colectiva superando las diferencias circunstanciales, anteponiendo el bien común por sobre los intereses sectoriales.
Reconociendo que la problemática del transporte público de pasajeros en la ciudad de Paraná era y es un problema grave y del que todos teníamos algún tipo de responsabilidades, pero fundamentalmente teníamos una gran y suprema responsabilidad.
Debemos ser parte de una propuesta superadora que brinde respuestas a las demandas de la ciudadanía con un servicio eficaz, eficiente y económico para todos.
Siendo capaces de abordar el tema con la madurez política necesaria, para superar el debate de coyuntura y la chicana política, avanzando en las coincidencias, construyendo los consensos necesarios para producir la mejor norma de cara a los intereses de quienes han delegado en nosotros la representatividad política en este Honorable Cuerpo.
También quiero destacar el aporte muy valioso de nuestros equipos técnicos de trabajo quienes sin lugar a dudas hicieron y aportaron mucho para la concreción de esta norma.
En el mismo sentido el aporte importante del área jurídica del HCD en el nombre del Dr. Martin Quiróz con el aporte significativo del dossier conteniendo toda la legislación vigente en cuanto a transporte público de pasajeros en la Ciudad de Paraná, quien también, de alguna manera oficio de corrector enriqueciendo técnicamente la norma.
El aporte invalorable de la Asamblea Ciudadana de Paraná cuyos reclamos y propuesta hemos tratado de sintetizar e incorporar en la presente norma, como así también de los usuarios y trabajadores del sistema que aportaron lo suyo.
Como decía al principio el interés colectivo es uno de los principios rectores, y otro de ellos es entender el transporte público de pasajeros como un sistema entendido como “un conjunto ordenado de normas, procedimientos y principios que regulan el funcionamiento de un grupo o colectividad”. Así entendemos al Sistema Integral de Transporte Urbano –SITU- como la “actividad por la cual se satisface la necesidad colectiva de movilizar pasajeros, en rutas y recorridos autorizados, a través de operadores, que se ofrece bajo estándares de equidad, calidad y seguridad, en forma continua, uniforme, regular, permanente e ininterrumpida a persona indeterminada, mediante diversos medios de transporte, previo pago de una tarifa”
El presente proyecto busca armonizar la legislación local, unificando en una Ordenanza la normativa vigente y planteando modificaciones que creemos sustanciales a los fines de mejorar la prestación del servicio de transporte en la ciudad. Por ello se plantea la derogación de una cantidad determinada de Ordenanzas, cuyos contenidos se ven plasmados en el recorrido del articulado de la presente.
Estamos convencidos que una unificación normativa que regule un Sistema Integral de Transporte Urbano, ordenado y funcional, que contemple las necesidades de usuarios de servicio de manera prioritaria y establezca reglas claras en la Concesión del sistema, implica un salto cualitativo en lo que a la normativa de transporte refiere en nuestra ciudad.
Creemos de fundamental importancia referir a que en pos de la armonización de este sistema se hace necesario derogar la normativa que ha quedado en desuso y que se ve plasmada en el presente proyecto de Ordenanza. Así se evita la dispersión normativa y se promueve una unificación sistemática en el presente proyecto de Ordenanza.
Tal derogación, solo tiene sentido, si lo normado por estas ordenanzas se encuentren incorporadas en la presente porque de lo contrario estaríamos dejando un claro vacío legal y tirando por tierra conquistas fundamentalmente muy sentidas por los usuarios poniéndolos en un estado de vulnerabilidad y desprotección.
En este sistema la obligación del Estado Municipal de tutelar los derechos de los ciudadanos garantizando la continuidad de los beneficios y derechos adquiridos, de establecer normas claras, concretas y concisas que regulen la prestación del servicio con un eficaz sistema de control que garantice el cumplimiento de la concesión, es indelegable.
Asimismo se especifica y aclara que la concesión a otorgar no importa acordar exclusividad o monopolio alguno en la prestación del servicio, reservándose la Municipalidad el derecho y la atribución de otorgar otras concesiones del mismo servicio público cuando lo estime conveniente.
Que la explotación deberá ajustarse al interés social, económico, regularidad, seguridad, accesibilidad y eficiencia del servicio delegado, atendiendo a las necesidades y demandas de la población, facilitando por todos los medios su mejor conocimiento y utilización.
*Concejal Frente para la Victoria de Paraná
Aportes para el marco regulatorio del transporte urbano de Paraná
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*Por Enrique Ríos
En primer lugar quiero destacar y reconocer la participación en este trabajo de la concejal de la UCR, María Marta Zuiani, no solo por su compromiso, su capacidad técnico profesional, sino por entender y compartir el principio fundamental que nos animó a realizar este trabajo, superando la lógica del enfrentamiento partidario, por el principio de la construcción colectiva superando las diferencias circunstanciales, anteponiendo el bien común por sobre los intereses sectoriales.
Reconociendo que la problemática del transporte público de pasajeros en la ciudad de Paraná era y es un problema grave y del que todos teníamos algún tipo de responsabilidades, pero fundamentalmente teníamos una gran y suprema responsabilidad.
Debemos ser parte de una propuesta superadora que brinde respuestas a las demandas de la ciudadanía con un servicio eficaz, eficiente y económico para todos.
Siendo capaces de abordar el tema con la madurez política necesaria, para superar el debate de coyuntura y la chicana política, avanzando en las coincidencias, construyendo los consensos necesarios para producir la mejor norma de cara a los intereses de quienes han delegado en nosotros la representatividad política en este Honorable Cuerpo.
También quiero destacar el aporte muy valioso de nuestros equipos técnicos de trabajo quienes sin lugar a dudas hicieron y aportaron mucho para la concreción de esta norma.
En el mismo sentido el aporte importante del área jurídica del HCD en el nombre del Dr. Martin Quiróz con el aporte significativo del dossier conteniendo toda la legislación vigente en cuanto a transporte público de pasajeros en la Ciudad de Paraná, quien también, de alguna manera oficio de corrector enriqueciendo técnicamente la norma.
El aporte invalorable de la Asamblea Ciudadana de Paraná cuyos reclamos y propuesta hemos tratado de sintetizar e incorporar en la presente norma, como así también de los usuarios y trabajadores del sistema que aportaron lo suyo.
Como decía al principio el interés colectivo es uno de los principios rectores, y otro de ellos es entender el transporte público de pasajeros como un sistema entendido como “un conjunto ordenado de normas, procedimientos y principios que regulan el funcionamiento de un grupo o colectividad”. Así entendemos al Sistema Integral de Transporte Urbano –SITU- como la “actividad por la cual se satisface la necesidad colectiva de movilizar pasajeros, en rutas y recorridos autorizados, a través de operadores, que se ofrece bajo estándares de equidad, calidad y seguridad, en forma continua, uniforme, regular, permanente e ininterrumpida a persona indeterminada, mediante diversos medios de transporte, previo pago de una tarifa”
El presente proyecto busca armonizar la legislación local, unificando en una Ordenanza la normativa vigente y planteando modificaciones que creemos sustanciales a los fines de mejorar la prestación del servicio de transporte en la ciudad. Por ello se plantea la derogación de una cantidad determinada de Ordenanzas, cuyos contenidos se ven plasmados en el recorrido del articulado de la presente.
Estamos convencidos que una unificación normativa que regule un Sistema Integral de Transporte Urbano, ordenado y funcional, que contemple las necesidades de usuarios de servicio de manera prioritaria y establezca reglas claras en la Concesión del sistema, implica un salto cualitativo en lo que a la normativa de transporte refiere en nuestra ciudad.
Creemos de fundamental importancia referir a que en pos de la armonización de este sistema se hace necesario derogar la normativa que ha quedado en desuso y que se ve plasmada en el presente proyecto de Ordenanza. Así se evita la dispersión normativa y se promueve una unificación sistemática en el presente proyecto de Ordenanza.
Tal derogación, solo tiene sentido, si lo normado por estas ordenanzas se encuentren incorporadas en la presente porque de lo contrario estaríamos dejando un claro vacío legal y tirando por tierra conquistas fundamentalmente muy sentidas por los usuarios poniéndolos en un estado de vulnerabilidad y desprotección.
En este sistema la obligación del Estado Municipal de tutelar los derechos de los ciudadanos garantizando la continuidad de los beneficios y derechos adquiridos, de establecer normas claras, concretas y concisas que regulen la prestación del servicio con un eficaz sistema de control que garantice el cumplimiento de la concesión, es indelegable.
Asimismo se especifica y aclara que la concesión a otorgar no importa acordar exclusividad o monopolio alguno en la prestación del servicio, reservándose la Municipalidad el derecho y la atribución de otorgar otras concesiones del mismo servicio público cuando lo estime conveniente.
Que la explotación deberá ajustarse al interés social, económico, regularidad, seguridad, accesibilidad y eficiencia del servicio delegado, atendiendo a las necesidades y demandas de la población, facilitando por todos los medios su mejor conocimiento y utilización.
*Concejal Frente para la Victoria de Paraná