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Una mujer promovió un amparo ambiental para que la justicia provincial ordene el cese de las fumigaciones en imediaciones a su domicilio en la zona de Lucas González, Departamento Nogoyá.En una audiencia de conciliación judicial el empresario demandado se comprometió a no fumigar sin avisarle, a alojar a la mujer y a su hija en un hotel mientras dure la fumigación de los cultivos en los campos linderos. También se instruyó a los policías del pueblo a que estudien la normativa ambiental.

Imagen archivo
Las partes principales del acuerdo señalan: la obligación del empresario de comunicar a la demandante, con antelación de siete dias hábiles, cualquier fumigación aérea y/o terrestre y/o siembra aérea a menos de 3000 mts. de la planta urbana de la ciudad de Lucas Gonzalez la realización de la misma a efectos de que ella fiscalice por sus medios los elementos utilizados en el acto. Las partes acuerdan que ante una factible modificación normativa se respetarán las distancias que la misma prevea; b) El Sr. emrpesario brindará igual comunicación en el plazo previsto por la ley (48 hs.) a la Municipalidad de Lucas Gonzalez y al organo Provincial competente la realización de cualquier fumigación ha realizar en la zona, todo conforme ley; c) Instruir a la Policia de la ciudad de Lucas Gonzalez para que en sucesivas oportunidades ante denuncia y/o exposiciones de la SRa. B., M. G., DNI Nº XXX, se constate las situaciones expuestas, a fin de garantizar los elementos de prueba. e) La parte accionada sosteniendo razones humanidad y al sólo fin de garantizar los derechos de la menor S., G. C., proveerá en la ciudad de Nogoyá por un plazo de 72 hs. horas iniciadas al momento de la fumigación de alojamiento/hotel a fin de su permanencia en el mismo conjuntamente con su madre/padre, esto sin reconocer ninguna responsabilidad en el hecho y al solo efecto conciliatorio. d) La SRa. B., M. G., se compromete ante cualquier presencia de fumigaciones areas a requerir inmediatamente a la autoridad policial mas cercana la contatación e identificación de quien se encuentre realizando la misma asi como la autoridad y/o sujeto a cuyo nombre se realice, todo a fin de resguardar sus derechos y los derechos y responsabilidades de los accionados en autos.- (Fuente: Página Judicial)
Se establecieron límites a las fumigaciones aéreas en Lucas González
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Una mujer promovió un amparo ambiental para que la justicia provincial ordene el cese de las fumigaciones en imediaciones a su domicilio en la zona de Lucas González, Departamento Nogoyá.En una audiencia de conciliación judicial el empresario demandado se comprometió a no fumigar sin avisarle, a alojar a la mujer y a su hija en un hotel mientras dure la fumigación de los cultivos en los campos linderos. También se instruyó a los policías del pueblo a que estudien la normativa ambiental.
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Las partes principales del acuerdo señalan: la obligación del empresario de comunicar a la demandante, con antelación de siete dias hábiles, cualquier fumigación aérea y/o terrestre y/o siembra aérea a menos de 3000 mts. de la planta urbana de la ciudad de Lucas Gonzalez la realización de la misma a efectos de que ella fiscalice por sus medios los elementos utilizados en el acto. Las partes acuerdan que ante una factible modificación normativa se respetarán las distancias que la misma prevea; b) El Sr. emrpesario brindará igual comunicación en el plazo previsto por la ley (48 hs.) a la Municipalidad de Lucas Gonzalez y al organo Provincial competente la realización de cualquier fumigación ha realizar en la zona, todo conforme ley; c) Instruir a la Policia de la ciudad de Lucas Gonzalez para que en sucesivas oportunidades ante denuncia y/o exposiciones de la SRa. B., M. G., DNI Nº XXX, se constate las situaciones expuestas, a fin de garantizar los elementos de prueba. e) La parte accionada sosteniendo razones humanidad y al sólo fin de garantizar los derechos de la menor S., G. C., proveerá en la ciudad de Nogoyá por un plazo de 72 hs. horas iniciadas al momento de la fumigación de alojamiento/hotel a fin de su permanencia en el mismo conjuntamente con su madre/padre, esto sin reconocer ninguna responsabilidad en el hecho y al solo efecto conciliatorio. d) La SRa. B., M. G., se compromete ante cualquier presencia de fumigaciones areas a requerir inmediatamente a la autoridad policial mas cercana la contatación e identificación de quien se encuentre realizando la misma asi como la autoridad y/o sujeto a cuyo nombre se realice, todo a fin de resguardar sus derechos y los derechos y responsabilidades de los accionados en autos.- (Fuente: Página Judicial)