La diputada Cremer defendió los intereses entrerrianos de los excedentes de Salto Grande

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La diputada nacional Cristina Cremer de Busti, del bloque del Frente Peronista, sostuvo en la sesión de anoche en la que se trató el Presupuesto 2014 que “lo positivo del resultado de las PASO es que el Gobierno haya visto problemas que antes no veía, como la inseguridad”.

Cremer en Diputados

Cremer en Diputados

Pero sobre este tema aclaró que “llevar Gendarmes al Gran Buenos Aires, dejando las rutas y las fronteras sin control, tampoco creo que sea la solución. Para empezar a solucionar dicho problema, el Gobierno tiene la posibilidad, en el proyecto en tratamiento, de ampliar la partida
presupuestaria en las distintas áreas de seguridad pero, en cambio, el proyecto oficial apenas contempla una mejora del 6,6 % en las partidas para esas áreas, lo que demuestra a las claras que el tema de la seguridad es solo una cuestión electoralista, y no, una cuestión de Estado como nos quieren hacer creer”.

La legisladora insistió en dar a conocer su “enorme preocupación como entrerriana” respecto del Artículo 15, el que establece que “el Estado
Nacional toma a su cargo los excedentes generados por el COMPLEJO HIDROELÉCTRICO DE SALTO GRANDE”-

En relación a esto, hay que tener presente que el *ARTÍCULO PRIMERO DE LA LEY 25.671*, PROMULGADA EL 2 DE ENERO DE 2003, dice: *Exclúyase al Fondo  Especial de Salto Grande, creado por la Ley 24.954, de la materia sujeta a la regulación y disposición de la competencia presupuestaria atribuida por la Constitución Nacional al Poder Ejecutivo nacional y al Jefe de Gabinete de Ministros.

Consecuentemente dicho fondo no formará parte del presupuesto de gastos y recursos de la administración nacional”.-

Asimismo, el ARTÍCULO 2 DE LA LEY 24.954, promulgada el 27 de Abril de  1998, que es la ley que ratifica las ACTAS-ACUERDOS firmadas entre la Nación y las Provincias de Entre Ríos (Jorge Busti), Corrientes y Misiones, y en donde se fija la proporción de los excedentes derivados del Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande (67,5% a Entre Ríos, 27,5 a Corrientes y 5% a Misiones), establece *la inoponibilidad de toda norma jurídica (en este caso el Presupuesto de la Nación para el ejercicio 2014) contraria a la viabilidad de las Actas-Acuerdos.-

Además, el  8 de Septiembre de 2003, la Secretaría de Energía emitió la Resolución 406/0, donde queda establecido en su Artículo 2°, la
habilitación al Poder Ejecutivo Nacional al uso de los recursos, excepto los afectados al fondo de Salto Grande”.-

Por esto, y “defendiendo los intereses de Entre Ríos”, Cremer de Busti propuso la eliminación de dicho Artículo 15, no solo para que el
presupuesto nacional no sea violatorio de una, o varias leyes de la nación, sino que, además, por el daño irremediable que produciría el quitarle arbitrariamente a la provincia de Entre Ríos los fondos en cuestión, teniendo en cuenta que estos fondos que defendemos tienen un fin específico que es el de ejecutar  obras que sean necesarias para mitigar los efectos negativos de la explotación del Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande y todo lo que conduzca al desarrollo de la región, conforme lo establecido en los objetivos originarios, contempladas en el Convenio y Protocolo Adicional de 1946. (Fuente: Debate Abierto)