Lo que prohíbe la veda electoral

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El Código Electoral Nacional (CEN) instauró, como es habitual, la veda que cierra las campañas proselitistas de las fuerzas que compiten en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO).

Lo que prohibe la veda electoral

Lo que prohibe la veda electoral

La misma tiene la duración de 48 horas al comienzo de los comicios, es decir que comenzó a regir a partir de las 8 de la mañana de este viernes. No obstante, las restricciones mayores son a partir del inicio del día domingo hasta las 21 horas del mismo día electoral. Prohibe: espectáculos al aire libre, espectáculos populares cerrados, fiestas teatrales y deportivas, publicar encuestas, entre otras cosas.

La reglamentación, tendiente a garantizar el normal desarrollo de los comicios, prohíbe realizar actos de campaña, así como difundir y publicar encuestas y sondeos electorales. Espectáculos al aire libre y venta de bebidas alcohólicas también están vedados durante el domingo de elecciones.

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios del próximo 9 de agosto en las Paso, el Código Electoral Nacional establece la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben:

- Los espectáculos populares al aire libre.

- Los espectáculos populares en recintos cerrados.

- Las fiestas teatrales y deportivas.

- Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

A ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido:

- La realización de reuniones de electores en los domicilios.

- La utilización de las viviendas como depósito de armas.

- La apertura de organismos partidarios.

- La distribución de boletas de sufragios a los electores.

48 horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:

- Realizar actos públicos de proselitismo.

- La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

- La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:

- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

- Tener abiertas las casas destinadas al expendió de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

Con el fin de garantizar que todo se desarrolle con normalidad se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas a partir de la hora cero del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. Deben estar cerrados boliches, mientras que en bares o restaurantes no se pueden vender bebidas alcohólicas.

Para que la jornada del domingo finalice tranquila, también serán suspendidas todas las actividades públicas hasta tres horas después de los comicios.(Fuente: Debate Abierto)