Se presentó el primer amparo por el doble pegado

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Al precandidato a intendente, Gastón Grand, le fue impedido pegar su boleta con las categorías municipales a la que encabeza Gustavo Bordet, dejando así la exclusividad a Blanca Osuna. Hay dos interpretaciones, una política y otra jurídica.

STJ.

STJ.

La reciente reforma electoral, aprobada en la Legislatura, se judicializó. El precandidato a intendente de Paraná, Gastón Grand, interpuso un amparo con el objetivo de que su boleta municipal pueda ir pegada con la provincial, como lo permitiría la Ley Nº 9659.

El amparo, , hace un repaso de lo resuelto por la Junta Electoral que decidió “aprobar en general los modelos de boletas recepcionados de las listas” y elevarlos para la consideración del juez federal con competencia electoral “solicitando su oficialización”. En el escrito se hace referencia a que la Justicia Electoral, “debiendo resolver” el pegado de la boleta de Grand con la que encabezan Gustavo Bordet y Adán Bahl “en un mismo cuerpo con las demás secciones (referidas a los estamentos provincial y nacional) de las restantes listas del Frente por la Victoria, no lo resolvió”. Para el peticionante, ese “silencio constituyó una negativa tácita puesto que sí usó la oportunidad para pronunciarse aprobando, respecto de otras boletas de sufragio de otras listas que siendo también de orden municipal y comunal, se presentaron ‘pegadas’ conjuntamente y en un mismo cuerpo con las demás candidaturas provinciales de la Lista Nº 2”, es decir la del binomio Bordet – Bahl.

En mayo se reformó la conocida Ley Castrillón, autoría del vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Emilio Castrillón. La reforma impulsada por Sergio Urribarri tuvo como novedad que los precandidatos a intendentes puedan pegar con una o más fórmulas para la Gobernación, siempre que estén en una misma agrupación o alianza política. Un ejemplo: Blanca Osuna y Gastón Grand, ambos enrolados el Frente para la Victoria, tienen la posibilidad de pegar con el candidato a gobernador, Gustavo Bordet. También lo podían haber hecho con Adán Bahl, si se presentaba a la interna que se dirimirá el 9 de agosto.

Lo que se conoce como “doble pegado” quedó atrapada en dos interpretaciones: una política y otra jurídica. El senador Enrique Tomás Cresto, cuando argumentó la reforma en el recinto, sostuvo que la ley permitía a los precandidatos a intendente a pegar su boleta con varios candidatos a gobernador dentro del mismo espacio político, siempre que exista “un acuerdo entre todos los integrantes de la boleta, lo que debe ser acordado con el apoderado”. Es lo que se esgrime en el oficialismo impedirle a Grand ir en la misma que Bordet y darle la exclusividad a la intendenta. Hay otros casos en el interior. A Juan José Albornoz, precandidato a intendente de Gualeguay, no le permitieron pegar beneficiando así a Paola Rubattino. Lo mismo ocurrió en Concordia con Eduardo Asueta, que fue impedido de adosar su boleta a quien pretende suceder. La exclusividad quedó para Cresto.

Desde el punto de vista jurídico la respuesta la dará el STJ cuando resuelva el amparo. La ley dice lo siguiente en el artículo 6º inciso B: “…una misma lista de concejales puede presentarse con distintas candidaturas de Presidente Municipal de una misma agrupación política; asimismo una misma candidatura a Presidente Municipal, concejales y Comunas, podrán presentarse con distintas candidaturas a Gobernador y vice gobernador de una misma agrupación política”.

Otro agujero negro

La representación de las minorías es otro de los agujeros negros que dejó la reforma electoral. Pero en esta ocasión hay antecedentes en la Justicia local.

En 2007 Sergio Varisco acudió a la los tribunales para reclamar el cumplimiento de la Ley Castrillón. Esto es que quien se impusiera en una interna partidaria se quedara con la lista completa de concejales. El STJ, como el Tribunal Electoral de la provincia, resolvió en contra de lo dispuesto por la norma. Se privilegió la decisión del partido, en este caso la UCR, por sobre lo dispuesto por la ley y permitió que Horacio Piceda integre la lista de ediles por la minoría. En esa ocasión, el alto cuerpo no declaró la inconstitucionalidad del artículo en cuestión, sino que no dio lugar al reclamo del ex intendente y ahora candidato.

En 2008 la Convención Constituyente salvó esa zona gris de la ley electoral al establecer en su artículo 29 que “…se reconoce y garantiza la existencia de aquellos en cuya organización y funcionamiento se observen: la democracia interna, la adecuada y proporcional representación de las minorías y demás principios constitucionales…”. Fue el convencional radical Fabián Rogel quien introdujo ese punto en la nueva Constitución. No resultó raro que se ocupe de esas cuestiones. Piceda, quien encabezaba la lista de concejales de Rogel, perdió la interna a manos de Varisco pero fue representó a la minoría partidaria.

En 2011 los ex convencionales radicales, el fallecido Luis Brasesco, Juan Carlos Arralde y Rogel, volvieron a plantear el tema en la Justicia. En su pronunciamiento, el STJ coincidió con la posición fijada por el procurador general, Jorge Amílcar García, que entendió que el artículo 9 de la Ley Castrillón “consagra un sistema de lista completa” que “quebranta lisa y llanamente la norma del artículo 29 de la Constitución de Entre Ríos”.

La nueva ley electoral, promulgada en mayo, no saldó el error. Esto – ya anunció Rogel – desembocará en una nueva judicialización de las reglas electorales de la provincia. (Fuente: Página Judicial)