Se promulgó la reforma electoral

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El Ejecutivo provincial promulgó con fecha 17 de junio (el mismo día que se aprobó en la legislatura) la ley Nº 10376 que modificó el artículo 7° de la Ley Electoral. La noticia fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Promulgaron la Reforma Electoral.

Promulgaron la Reforma Electoral.

Por Ley Nº 10376, la legislatura de Entre Ríos sancionó el 17 de junio una reforma a la Ley Electoral que vino a “aclarar” la reforma anterior sancionada en mayo.

El Art. 1° modificó el artículo 7° de la Ley Nº 9659, agregándose como último párrafo el siguiente texto: “En la elección general, una agrupación no puede postular candidatos dístintos para el mismo cargo. No se podrán adherir boletas de distintos partidos sin que exista alianza preconstítuida a las elecciones primarias. La circunstancia que no exista alianza entre dos o más agrupaciones políticas excluye la posibilidad de víncularlas materialmente en la confección de las respectivas boletas de sufragio. En el ámbito de la provincia de Entre Ríos, las listas de candidatos que participarán en la elección general serán las emergentes de la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria.

No se admitirán alianzas posteriores ni anexiones de candidatos en las boletas respectivas

que no surjan de la expresa voluntad de los sufragantesen la elección primaria. La boleta que se oficializará en las elecciones generales, será la que haya resultado ganadora en la  elección primaria, abierta, obligatoria y simultánea”. El art es de forma.

La promulgación fue publicada en el Boletín Oficial de la provincia el 18 de junio, pudo saber esta Agencia. (Fuente: APFDigital)