El senado dio media sanción a la Ley de Comunas

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La jefatura de Gabinete tendrá a partir de ahora y luego de que pase por Diputados, rango ministerial. En cuanto a la ley de comunas también debe pasar por la Cámara baja. La coparticipación para las comunas será gradual por lo que su autonomía seguirá pendiente.

También le dieron media sanción a la Ley de Ministerio.

También le dieron media sanción a la Ley de Ministerios.

Se trata de la reglamentación de una de las modificaciones introducidas a la Constitución Provincial en el año 2008. Cabe recordar que en junio de 2009 se presentó en Diputados un proyecto sobre el tema, se le dio media sanción y la Cámara Alta lo envió al archivo. En la Cámara Baja también hubo otras propuestas. Finalmente, por iniciativa del senador Enrique Cresto, el tema fue retomado en los últimos meses y los legisladores – unificando la tarea realizada en estos años – dieron curso a un proyecto de ley sobre comunas de Cresto y Eduardo Melchiori (Departamento Islas). En otro orden y tal como anticipó Recintonet, también tuvo media sanción el proyecto que eleva a ministerio la jefatura de gabinete.

El texto establece que el Jefe de Gabinete cumple y hace cumplir la Constitución y la legislación vigente y ejerce las atribuciones de administración general que le delegue el Poder Ejecutivo respecto de sus poderes propios y coordina sus relaciones con el Poder Legislativo, sus comisiones e integrantes. También asiste al Gobernador en todo lo inherente al Gobierno interno, al gobierno abierto, a la planificación y coordinación de las políticas y acciones de gobierno, a la planificación y coordinación de políticas que impliquen la modernización del Estado, la participación de la sociedad en las acciones estatales, al régimen de fiscalización electoral y al respeto de la autonomía municipal. Con esta sanción serán 11 los ministerios en la provincia.

Cresto, al fundamentar sobre tablas la norma, destacó el trabajo realizado en el marco de las comisiones del Senado y recordó que en 2008 se marcó un camino, que era ir hacia la autonomía. Enfatizó los fuertes beneficios económicos que han tenido los municipios en los últimos años, lo que les da mayor independencia y les permite consolidarse institucionalmente.

Agregó que en igual sentido se trabajo el concepto de Comunas, para seguir “en un camino de transformación en la provincia de Entre Ríos”. “Va a ser el proyecto más importante de esta legislatura en los últimos años”, lanzó y dijo que “hay un escenario nacional que permite avanzar en este sentido, en una provincia que tiene una buena distribución de sus habitantes en todo el territorio”.

Dijo que hay que “aprovechar estos equilibrios que son posibles por la administración que ha hecho el gobernador Sergio Urribarri, por eso hay que ocuparse de 194 centros rurales de población, que hoy son delegaciones del Poder Ejecutivo y no cuentan por ello con la capacidad para contraer obligaciones”.

Recordó que en 1949 más del 40 por ciento estaba en centros rurales y hoy día hay alrededor del 20. “Si logramos esta reforma, lograremos darle a los pobladores razones e instrumentos institucionales para sigan viviendo allí “, destacó Cresto.

Se refirió al impacto económico positivo que tendrán a medida que se vayan constituyendo las comunas en los próximos años.  Precisó que en 2014 se destinó alrededor de 50 millones a las Juntas de Gobierno. Cresto dijo que una vez aplicada la nueva ley, se distribuirán más de 170 millones de pesos e indicó que “esto no será automático, hay un tiempo de trabajo para ir constituyendo las comunas” y agregó que “para reglamentar esto van a participar todos los organismos del Estado que irán acompañando los cambios que va a generar en las comunas”.

Estimó que de las 194 juntas de gobierno, se transformarán en alrededor de 130 comunas. Mencionó que oportunamente se habló de este tema con el Gobernador de la provincia en reuniones mantenidas en el año 2014 y dijo que “con la transformación en comunas, los territorios podrán acceder a programas nacionales, porque serán sujetos de derecho y se dejará de perder dinero que no se puede ejecutar por esta situación que se intenta solucionar con la sanción de este proyecto”.

También opinó sobre el tema el senador Natalio Gerdau, que comentó a sus pares que en su territorio hay muchos espacios con un importante número de pobladores. “La ley va a responder a una necesidad de la Entre Ríos profunda que queremos defender con este trabajo”, acotó. En el mismo sentido, la senadora Ester González, a cargo de la presidencia, hizo mención a su acuerdo y apoyó a los alcances del proyecto y compartió los dichos de sus pares.

El proyecto

El proyecto establece las normas de organización, competencia y funcionamiento de las comunas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 232, 253 siguientes y concordantes de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y define como “comuna” a toda extensión territorial que congregue una población estable con un número no inferior a doscientos (200) habitantes ni superior a un mil quinientos (1.500), que no esté comprendida en ningún radio municipal.

Precisa que son “unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial, patrimonio y personería jurídica propias, que gozan de autonomía en los términos de la Constitución provincial”. En cuanto a su futura aplicación el texto indica que para que una extensión territorial de población sea declarada Comuna, se requiere que por lo menos veinte (20) vecinos con radicación en la jurisdicción formulen la solicitud respectiva al Poder Ejecutivo, interesando su constitución con ese carácter.

La comuna será gobernada y administrada por una Comisión Comunal, órgano colegiado que concentra las funciones deliberativas y ejecutivas, que tomará sus decisiones por el voto de sus miembros, según las mayorías que en cada caso correspondan. Los vocales serán elegidos directamente por el electorado integrado de conformidad a lo prescripto por el Artículo 251° de la Constitución de la Provincia. (Fuente: RecintoNet)