Se aprobó la reorganización de la Comisión Amigos de la Reserva Natural de Cerrito

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El pasado 17 de noviembre en el Palacio Municipal se desarrolló una reunión para la reorganización de la Reserva Natural Educativa “Montecito de Lovera”.

Foto Archivo.

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El intendente Orlando Lovera recibió a María Elena Zaccagnini, José Luis Panigatti, Gladis Pedrón, Marta Viggiano, Gerardo Werner y Alexis Pucheta, quienes junto a Malena Aguilar del Área Turismo y Cultura dialogaron sobre las próximas acciones a desarrollar en dicha reserva.

En este encuentro se aprobó el Estatuto Interno de la reorganización de la Comisión Amigos de la Reserva, lo cual dará inicio a los encuentros mensuales de dicho grupo de trabajo los primeros martes de cada mes a las 19 horas. Los interesados en esta temática pueden sumarse en estos días pactados, para formar parte del programa de mejoras de la misma.

Estatuto de la Comisión Amigos de la Reserva Natural Educativa Montecito de Lovera

Denominación, integrantes, domicilio y objeto social.

Artículo 1: Se reorganiza el día 17 de Noviembre de dos mil catorce, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza nº 891, la Comisión Amigos del Montecito de Lovera, en adelante, “la comisión de La Reserva Natural Educativa Montecito de Lovera”. Esta comisión no tendrá sin fines de lucro, y estará integrada, por un representante del Ejecutivo Municipal, uno del Concejo Deliberante, Docentes, Profesionales, Estudiantes y Ciudadanos en general, la misma con domicilio en calle Santa Fe 85 de la ciudad de Cerrito, Provincia de Entre Ríos.

Artículo 2: El objetivo general y principal de esta comisión, es diagramar, evaluar y fomentar acciones tendientes a conservar, proteger, incrementar y/o recuperar el patrimonio biológico y cultural de la reserva natural educativa “Montecito de Lovera”, ubicado en el distrito Tala del departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, siempre, en este caso, con el objetivo de velar por el cabal cumplimiento de la finalidad que motivó la donación de dicha Reserva al Municipio y su comunidad.

Artículo 3: Simultáneamente a prestar colaboración para la consecución de los fines propuestos en el mencionado legado, esta Comisión se plantea y suma los siguientes objetivos:

a.    Gestionar en articulación con el Municipio de Cerrito, todas aquellas actividades y propuestas vinculadas con el manejo adecuado de la Reserva Natural Educativa “Montecito de Lovera”, incluyendo aspectos de la Infraestructura, el desarrollo de la propuesta educativa, del protocolo de visitas y actividades de recreación e investigación, entre otras cosas, siguiendo criterios consensuados para la conservación de la biodiversidad y el respeto al objetivo para la cual fue creada/donada.

b.    Proponer y consensuar actividades de Ordenamiento, Conservación y Recuperación de la estructura del paisaje natural.

c.    Elaborar, evaluar y eventualmente ejecutar proyectos de investigación, tendientes a evitar el deterioro de los recursos del ecosistema de la Reserva y que sean declaradas de interés por la comisión.

d.    Promover, dirigir o establecer contactos con entidades o asociaciones cuyos objetivos científicos, técnicos, docentes, culturales o sociales, tengan relación con los de la comisión con el mismo objetivo.

e.    Promover, organizar, realizar y difundir trabajos de investigación, conferencias, cursos y otras actividades de educación ambiental, científicas y culturales, afines a los objetivos descriptos.

f.     Gestionar asistencia financiera y/o técnica, concursos, becas y premios a personas físicas o jurídicas en relación a los Objetivos de la Comisión.

g.    Gestionar convenios o asesorías con universidades, órganos técnicos del estado, etc.

h.    Realizar cualquier otra actividad no descripta, que tienda al cumplimiento de los objetivos de la Comisión.

Comisión directiva:

Artículo 4: La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión directiva compuesta por siete (7) miembros titulares, quienes desempeñaran los siguientes cargos: presidente, vicepresidente, secretario, prosecretario, (tesorero, protesorero) y tres (3) vocales. (Habrá además dos (2) vocales suplentes). El mandato será de dos (2) ejercicios anuales. Los miembros de la comisión directiva podrán ser reelegidos por dos periodos consecutivos.

Artículo 5: la comisión directiva se reunirá por lo menos una vez por mes, el día y hora que determinen en su primera reunión anual y además cada vez que sea citado por el presidente y/ el intendente o cinco (5) integrantes de la misma, que así lo requieran, debiendo en estos últimos casos celebrarse la reunión dentro de los diez (10) primeros días. La citación se hará por medio de circulares y/o vías digitales con por lo menos tres (3) días de anticipación. La validez de las reuniones de la C.D será cuando se celebren con la presencia de la mitad más uno de sus miembros.(cuatro)

Artículo 6: Son atribuciones y deberes de la comisión directiva:

a.    Cumplir y hacer cumplir este estatuto, interpretándolo en caso de duda;

b.    Ejercer la administración de la Comisión;

c.    Dictar las reglamentaciones internas necesarias para el cumplimiento de las finalidades de la comisión.

A los fines de su aprobación, se firma en este acto en la ciudad de Cerrito, dos ejemplares, el 17 de Noviembre de 2014, por los asistentes a la reunión. (Fuente: Debate Abierto)