Entre Ríos reconocerá con puntaje las personas a cargo de hogares monoparentales en los concursos para jueces

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La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece nuevos topes de puntaje en el rubro antecedentes y suma una ponderación por tareas de cuidado. APFDigital supo que los cambios surgen tras cuestionamientos técnicos de entidades vinculadas al sector judicial.

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A través del Boletín Oficial Nº28.317, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso una reforma en la reglamentación de la Ley Nº 11.227 que regula el funcionamiento del Consejo de la Magistratura.

La norma modifica los artículos 5º y 22º del anexo reglamentario vigente desde el año pasado, bajo el argumento de que era necesario “proceder a modificar algunos aspectos (…) para facilitar el funcionamiento” del organismo.

Según los considerandos del texto oficial, la reforma se produce luego de que se receptaran “aportes técnicos y opiniones formuladas por distintas instituciones vinculadas al quehacer judicial”, lo que sugiere un ajuste en los criterios de evaluación que se venían aplicando tras la última reforma del sistema de concursos.

El nuevo esquema de puntajes
El cambio más sustancial se da en la distribución de los puntos que los aspirantes a jueces, fiscales o defensores pueden acumular antes de la entrevista personal. El nuevo esquema establece un techo de 18 puntos para la antigüedad y 8 puntos para el rubro académico.

Dentro de la formación de posgrado, el decreto ahora fija límites taxativos: “Especializaciones: hasta 2,5 puntos; Maestrías: hasta 3,5 puntos; Doctorados: hasta 5 puntos”.

Además, la normativa detalla que la docencia y el dictado de capacitaciones tendrán un tope de 3 puntos, mientras que las publicaciones jurídicas no podrán exceder los 2 puntos.

Tareas de cuidado y cupo masculino por excepción
Una de las incorporaciones que modifica la competencia interna en los concursos es el inciso d) del artículo 22º, que otorga puntaje por hijos menores de edad. El texto establece una diferencia por género en la acreditación del beneficio: “Se aplicará a las concursantes mujeres una calificación de 0,20 puntos por cada hijo/a menor a su cargo (…) El postulante varón podrá acreditar, al momento de la inscripción, que se encuentra a su exclusivo cargo el cuidado de hijo/a menor, aplicándose en tal supuesto la misma escala”.

Esta cláusula implica que, mientras que para las mujeres el puntaje se asigna de forma directa por la carga familiar, en el caso de los hombres se requiere una prueba de exclusividad en el cuidado para acceder al mismo beneficio.

Finalmente, el decreto delega en el propio Consejo de la Magistratura la facultad de dictar una reglamentación específica para desglosar estos puntajes, aunque advierte que el organismo deberá “respetar los máximos aquí establecidos”, limitando así el margen de maniobra discrecional del Consejo en la asignación de méritos.

Fuente: APFDigital

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