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En el día de ayer, el Presidente Municipal, Lic. Ulises Tomassi, junto al Secretario de Obras Públicas, Sebastián Azaad, mantuvieron una reunión con la Coordinadora de Desarrollo e Inversiones Mineras, Dra. Estefanía Sangoy, dependiente de la Dirección de Desarrollo Minero, acompañada por asesores técnicos.

Durante el encuentro se brindó información y precisiones sobre la documentación obligatoria que los Municipios deben exigir en los procesos de licitación pública y/o privada para la provisión de materiales de tercera categoría, tales como broza, ripio, canto rodado, arena y piedra partida (basalto), entre otros.
En este marco, se recordó que toda empresa o persona física que se presente como proveedora deberá acreditar
-Constancia de inscripción vigente en el Registro Único de Actividades Mineras (RUAM) de la Provincia de Entre Ríos.
-Guías de Tránsito de Minerales emitidas por la autoridad competente, correspondientes a cada carga transportada.
Asimismo, conforme a lo establecido en la Ley Provincial N° 10.158 y su Decreto Reglamentario N° 4067/14 MP, la inscripción en el RUAM es un requisito indispensable para el desarrollo de la actividad minera y para participar en contrataciones vinculadas a la provisión de estos materiales.
En consecuencia, el Municipio incorporará estos requisitos en los pliegos de licitaciones públicas y privadas, exigiéndolos de manera obligatoria tanto en la presentación de ofertas como durante la ejecución de los contratos, a fin de garantizar la legalidad, la trazabilidad y la transparencia en la provisión de materiales.
Fuente: Cerrito Ciudad
Reunión para fortalecer los controles en la provisión de materiales mineros
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En el día de ayer, el Presidente Municipal, Lic. Ulises Tomassi, junto al Secretario de Obras Públicas, Sebastián Azaad, mantuvieron una reunión con la Coordinadora de Desarrollo e Inversiones Mineras, Dra. Estefanía Sangoy, dependiente de la Dirección de Desarrollo Minero, acompañada por asesores técnicos.
Durante el encuentro se brindó información y precisiones sobre la documentación obligatoria que los Municipios deben exigir en los procesos de licitación pública y/o privada para la provisión de materiales de tercera categoría, tales como broza, ripio, canto rodado, arena y piedra partida (basalto), entre otros.
En este marco, se recordó que toda empresa o persona física que se presente como proveedora deberá acreditar
-Constancia de inscripción vigente en el Registro Único de Actividades Mineras (RUAM) de la Provincia de Entre Ríos.
-Guías de Tránsito de Minerales emitidas por la autoridad competente, correspondientes a cada carga transportada.
Asimismo, conforme a lo establecido en la Ley Provincial N° 10.158 y su Decreto Reglamentario N° 4067/14 MP, la inscripción en el RUAM es un requisito indispensable para el desarrollo de la actividad minera y para participar en contrataciones vinculadas a la provisión de estos materiales.
En consecuencia, el Municipio incorporará estos requisitos en los pliegos de licitaciones públicas y privadas, exigiéndolos de manera obligatoria tanto en la presentación de ofertas como durante la ejecución de los contratos, a fin de garantizar la legalidad, la trazabilidad y la transparencia en la provisión de materiales.
Fuente: Cerrito Ciudad