La Justicia rechazó la cautelar de Kueider para conservar su banca en el Senado

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La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, en una resolución rechazó la medida cautelar que había presentado el concordiense Edgardo Kueider, en un nuevo intento por no perder la banca del Senado de la Nación.

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En consecuencia, los jueces Guillermo Treacy, Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedrini declararon “que resulta insustancial el análisis de la medida cautelar solicitada”.

Así, el entrerriano no pudo impedir que, de haber sesión este jueves, Stefanía Cora se adueñe oficial y definitivamente de su banca en la Cámara Alta, vacante desde su destitución a mediados de diciembre.

Kueider considera inválida la sesión por la que sus pares le quitaron su senaduría y sus fueros. Argumenta que debió haber sido presidida por Bartolomé Abdala y no por Victoria Villarruel, debido a que el presidente Javier Milei estaba de viaje rumbo a Italia y ella tenía que tomar su lugar al frente del Poder Ejecutivo.

Mientras tanto, cabe recordar que el entonces senador nacional Edgardo Kueider está detenido en Paraguay, luego de que un control policial lo sorprendiera con más de 200.000 dólares sin declarar, intentado cruzar de Brasil a ese país.

Derrotero judicial

El despacho de la Justicia Federal, antes de su parte resolutiva, repasó el derrotero del planteo judicial hecho por Kueider: “El 20 de diciembre de 2024, el juez de primera instancia rechazó in limine la acción de amparo interpuesta por el señor Edgardo Darío Kueider”.

Entonces, “consideró que de acuerdo con el texto del artículo 66 de la Constitución Nacional, los miembros de la referida Cámara de Senadores tienen la potestad privativa de excluir y remover a sus miembros siempre que reúnan los dos tercios de los votos”.

Según consignó Elentrerios.com, la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la resolución apelada, lo cual significa que ratifica lo resuelto en primera instancia cuando se había cuestionado la presencia de la vicepresidenta, Victoria Villarruel, dado que el Presidente Javier Milei había viajado fuera del país.

Dice la resolución que, en primera instancia y “con relación a la participación de la Sra. Presidente del Senado entendió que, según surgía de la versión taquigráfica, ella se había limitado a lo expresamente previsto en el artículo 57 de la Constitución Nacional, que establece: “El vicepresidente de la Nación será presidente del Senado; pero no tendrá voto…”; así como a lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento de la Cámara de Senadores, según el cual: “El presidente no discute ni opina sobre el asunto que se delibera. Sólo vota en caso de empate…”.

En consecuencia, concluyó que la Vicepresidente de la Nación había actuado dentro de sus atribuciones, en tanto no había tenido injerencia alguna en el resultado de la votación. (Fuente: Debate Abierto)

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