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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hoy la cuestión de competencia entre el Juzgado Federal y el Juzgado de Garantías sobre cuál debía llevar adelante el proceso de la causa que investiga el presunto desvío de fondos de la Legislatura para gastos de la política. La decisión del máximo tribunal fue avalar la postura del Procurador General por lo que el expediente volverá a la Justicia provincial.
La resolución unánime de los ministros Horacio Rosatti; Juan Carlos Maqueda; Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti fue avalar la postura del Procurador Jorge Casal de que la causa debía tramitarse en el Juzgado provincial a cargo de la juez Marina Barbagelatta.
En un breve resolutorio, fallaron: “De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, corresponde rechazar el planteo de inhibición formulado por el Juzgado Federal n° 1 de Paraná, lo que así se dispone. Hágase saber al Juzgado de Garantías n° 1 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos”.
En agosto del año pasado, Casal había razonado que la inhibitoria que había presentado el Juez Federal subrogante Daniel Alonso para que la causa tramite en su juzgado debía ser rechazada dado que no se habían reunido la suficiente cantidad de elementos para probar que el dinero que se habría sustraído de la Legislatura habría sido usado para financiar campañas electorales.
“Ambos tribunales (el de Alonso y el de Barbagelatta) contendientes reconocen que los hechos objeto de la causa constituyen delitos contemplados en el Código Penal que, en principio, no son de materia federal ni fueron cometidos por o contra personas aforadas al fuero excepcional, pues se trata de una defraudación contra la legislatura de la provincia de Entre Ríos cometida por funcionarios públicos de ese nivel de gobierno asociados con particulares, sin una intervención de empleados de la nación vinculada al ejercicio de sus funciones específicamente federales. Sentado ello, la razón por la cual el juez federal reclama su competencia está basada en la supuesta conexión de esos delitos de contenido patrimonial con el financiamiento de campañas electorales nacionales, en tanto el dinero invertido en ellas habría tenido origen en los primeros”, consignó el Procurador General interino en aquel dictamen.
El proceso continuará ahora en el Juzgado de Garantías de Barbagelata. La Fiscalía ya había presentado la remisión de la causa a juicio cuando se planteó el conflicto de jurisdicción. Ahora, el trámite proseguirá hasta llegar a las audiencias públicas.
(Fuente: APFDigital)
La causa “Contratos” será juzgada en los Tribunales provinciales
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hoy la cuestión de competencia entre el Juzgado Federal y el Juzgado de Garantías sobre cuál debía llevar adelante el proceso de la causa que investiga el presunto desvío de fondos de la Legislatura para gastos de la política. La decisión del máximo tribunal fue avalar la postura del Procurador General por lo que el expediente volverá a la Justicia provincial.
La resolución unánime de los ministros Horacio Rosatti; Juan Carlos Maqueda; Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti fue avalar la postura del Procurador Jorge Casal de que la causa debía tramitarse en el Juzgado provincial a cargo de la juez Marina Barbagelatta.
En un breve resolutorio, fallaron: “De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, corresponde rechazar el planteo de inhibición formulado por el Juzgado Federal n° 1 de Paraná, lo que así se dispone. Hágase saber al Juzgado de Garantías n° 1 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos”.
En agosto del año pasado, Casal había razonado que la inhibitoria que había presentado el Juez Federal subrogante Daniel Alonso para que la causa tramite en su juzgado debía ser rechazada dado que no se habían reunido la suficiente cantidad de elementos para probar que el dinero que se habría sustraído de la Legislatura habría sido usado para financiar campañas electorales.
“Ambos tribunales (el de Alonso y el de Barbagelatta) contendientes reconocen que los hechos objeto de la causa constituyen delitos contemplados en el Código Penal que, en principio, no son de materia federal ni fueron cometidos por o contra personas aforadas al fuero excepcional, pues se trata de una defraudación contra la legislatura de la provincia de Entre Ríos cometida por funcionarios públicos de ese nivel de gobierno asociados con particulares, sin una intervención de empleados de la nación vinculada al ejercicio de sus funciones específicamente federales. Sentado ello, la razón por la cual el juez federal reclama su competencia está basada en la supuesta conexión de esos delitos de contenido patrimonial con el financiamiento de campañas electorales nacionales, en tanto el dinero invertido en ellas habría tenido origen en los primeros”, consignó el Procurador General interino en aquel dictamen.
El proceso continuará ahora en el Juzgado de Garantías de Barbagelata. La Fiscalía ya había presentado la remisión de la causa a juicio cuando se planteó el conflicto de jurisdicción. Ahora, el trámite proseguirá hasta llegar a las audiencias públicas.
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