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La fiscal Martina Cedrés -quien integra junto al juez Héctor Vassallo y al defensor público Pablo Ledesma la justicia electoral departamental- se refirió al fallo contrario a Davico y al rechazo a la recusación del magistrado.
“No solo firmé el fallo si no que lo redacté en gran parte. Los tres integrantes de la junta estuvimos de acuerdo en que esta resolución era lo que correspondía, lo que más se apegaba a la ley. Para nosotros está probado que -Mauricio “Palito” Davico no cumple con el requisito de residencia inmediata y, sin dudas, -si su aspiración prosperada- se trataría de un tercer mandato al frente de un Ejecutivo local. Los tres estuvimos de acuerdo en esto”, contó la fiscal Martina Cedrés en diálogo con RADIO 2820.
Cabe recordar que el viernes pasado, tribunal local rechazó la recusación al juez Héctor Vassallo, la impugnación contra la candidatura de Davico presentada por Julio Majul, y dio lugar al resto de los planteos que se opusieron a que prospere el camino a octubre del candidato de Juntos. De esta manera quedó abierto el plazo legal para que el equipo técnico de Primero Gualeguaychú apelara ante el Tribunal Electoral de Entre Ríos, lo cual se formalizó este lunes.
El fallo resolvió ”RECHAZAR los planteos impetrados por el Dr. Julio Majul, admitiendo sobre el mismo el planteo de falta de legitimación activa. RECHAZAR el planteo de falta de legitimación activa formulado por los impugnados respecto de los restantes impugnantes. ADMITIR las impugnaciones vertidas por Gladys Liliana Salinas, Maria Pia Lombardo, Leonardo Martin Posadas, Gladys Maria Del Carmen Casenave y Ubaldo Alberto Albornoz por lo que no se oficializa la candidatura del Sr. Mauricio German Davico a la presidencia municipal de Gualeguaychú, presentada para tales fines por la AET JUNTOS POR ENTRE RIOS”.
En el marco de las mencionadas definiciones, la justicia electoral local también resolvió “OFICIALIZAR la lista 502 AET Juntos por Entre Ríos para las elecciones generales del próximo 22/10/2023 para ésta ciudad de Gualeguaychú, la presentada oportunamente el 1º/09/2023 CORRIENDO el orden de la lista de titulares y completando la fórmula para el PE municipal con el primer suplente (candidato a primer concejal), quedando entonces OFICIALIZADA la fórmula de la siguiente manera: CARRAZZA, JULIETA (Presidenta Municipal) y OLANO, JUAN IGNACIO (Viceintendente) y respecto de los/as CONCEJALES en el orden propuesto que implica que el primer suplente asciende al lugar número 13″.
La palabra de la fiscal Cedrés
Al ser consultada por los duros términos señalados en el extenso y fundado fallo de 24 páginas respecto a la utilización de algún tipo de ventaja o recurso por parte de Davico para ser candidato a Intendente de Gualeguaychú, Cedrés explicó: “No hablamos de recursos económicos, sino porque tiene muchas más chances políticamente como titular de un Ejecutivo local para poder acceder a una nueva gestión por su posicionamiento para una nueva campaña. No hablamos en el sentido económico si no en relación a todos los otros recursos que implican el ejercicio del poder. Hay normativa y jurisprudencia en este aspecto, los derechos políticos están reglamentados en este sentido, no son absolutos”.
Respecto al requisito de residencia que establece la normativa vigente, señaló: “Nosotros analizamos la residencia que es lo que establece la ley electoral y la Constitución. Uno no puede vivir en diferentes lugares a nivel electoral. En ese mismo sentido uno tiene una residencia única. Davico Reside en Pueblo General Belgrano”.
Sobre los dichos de Rogelio Frigerio, Mauricio Davico y su equipo técnico respecto al rechazo de la impugnación al juez Vassallo, manifestó: “Creo que si por algo que me he destacado siempre es por defender lo que considero apegado a la ley, muchas veces de manera contraria a lo que dicen los jueces, no soy coorporativa con el poder judicial, tampoco creo que lo sea Ledesma o el propio Vassallo. No creo que hoy en día un matrimonio comparta los intereses necesariamente en los términos que se plantean en el recurso. Vassallo estaba apegado a la ley para resolver, no hay ninguna causal legal que hayan podido establecer, solo este temor, estas conjeturas que consideramos que no estaban fundadas en la ley”.
(Fuente: Radio 2820)
Habló la fiscal Cedrés sobre el caso Davico: “No soy corporativa con el poder judicial, el fallo se ajusta a la ley”
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La fiscal Martina Cedrés -quien integra junto al juez Héctor Vassallo y al defensor público Pablo Ledesma la justicia electoral departamental- se refirió al fallo contrario a Davico y al rechazo a la recusación del magistrado.
“No solo firmé el fallo si no que lo redacté en gran parte. Los tres integrantes de la junta estuvimos de acuerdo en que esta resolución era lo que correspondía, lo que más se apegaba a la ley. Para nosotros está probado que -Mauricio “Palito” Davico no cumple con el requisito de residencia inmediata y, sin dudas, -si su aspiración prosperada- se trataría de un tercer mandato al frente de un Ejecutivo local. Los tres estuvimos de acuerdo en esto”, contó la fiscal Martina Cedrés en diálogo con RADIO 2820.
Cabe recordar que el viernes pasado, tribunal local rechazó la recusación al juez Héctor Vassallo, la impugnación contra la candidatura de Davico presentada por Julio Majul, y dio lugar al resto de los planteos que se opusieron a que prospere el camino a octubre del candidato de Juntos. De esta manera quedó abierto el plazo legal para que el equipo técnico de Primero Gualeguaychú apelara ante el Tribunal Electoral de Entre Ríos, lo cual se formalizó este lunes.
El fallo resolvió ”RECHAZAR los planteos impetrados por el Dr. Julio Majul, admitiendo sobre el mismo el planteo de falta de legitimación activa. RECHAZAR el planteo de falta de legitimación activa formulado por los impugnados respecto de los restantes impugnantes. ADMITIR las impugnaciones vertidas por Gladys Liliana Salinas, Maria Pia Lombardo, Leonardo Martin Posadas, Gladys Maria Del Carmen Casenave y Ubaldo Alberto Albornoz por lo que no se oficializa la candidatura del Sr. Mauricio German Davico a la presidencia municipal de Gualeguaychú, presentada para tales fines por la AET JUNTOS POR ENTRE RIOS”.
En el marco de las mencionadas definiciones, la justicia electoral local también resolvió “OFICIALIZAR la lista 502 AET Juntos por Entre Ríos para las elecciones generales del próximo 22/10/2023 para ésta ciudad de Gualeguaychú, la presentada oportunamente el 1º/09/2023 CORRIENDO el orden de la lista de titulares y completando la fórmula para el PE municipal con el primer suplente (candidato a primer concejal), quedando entonces OFICIALIZADA la fórmula de la siguiente manera: CARRAZZA, JULIETA (Presidenta Municipal) y OLANO, JUAN IGNACIO (Viceintendente) y respecto de los/as CONCEJALES en el orden propuesto que implica que el primer suplente asciende al lugar número 13″.
La palabra de la fiscal Cedrés
Al ser consultada por los duros términos señalados en el extenso y fundado fallo de 24 páginas respecto a la utilización de algún tipo de ventaja o recurso por parte de Davico para ser candidato a Intendente de Gualeguaychú, Cedrés explicó: “No hablamos de recursos económicos, sino porque tiene muchas más chances políticamente como titular de un Ejecutivo local para poder acceder a una nueva gestión por su posicionamiento para una nueva campaña. No hablamos en el sentido económico si no en relación a todos los otros recursos que implican el ejercicio del poder. Hay normativa y jurisprudencia en este aspecto, los derechos políticos están reglamentados en este sentido, no son absolutos”.
Respecto al requisito de residencia que establece la normativa vigente, señaló: “Nosotros analizamos la residencia que es lo que establece la ley electoral y la Constitución. Uno no puede vivir en diferentes lugares a nivel electoral. En ese mismo sentido uno tiene una residencia única. Davico Reside en Pueblo General Belgrano”.
Sobre los dichos de Rogelio Frigerio, Mauricio Davico y su equipo técnico respecto al rechazo de la impugnación al juez Vassallo, manifestó: “Creo que si por algo que me he destacado siempre es por defender lo que considero apegado a la ley, muchas veces de manera contraria a lo que dicen los jueces, no soy coorporativa con el poder judicial, tampoco creo que lo sea Ledesma o el propio Vassallo. No creo que hoy en día un matrimonio comparta los intereses necesariamente en los términos que se plantean en el recurso. Vassallo estaba apegado a la ley para resolver, no hay ninguna causal legal que hayan podido establecer, solo este temor, estas conjeturas que consideramos que no estaban fundadas en la ley”.
(Fuente: Radio 2820)