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El Poder Ejecutivo provincial, a través del decreto Nº 2321, dispuso un incremento en los valores de los beneficios de asistencia social, Ley Nº 4035, con vigencia a partir del 1° de julio del corriente año.
La disposición fue firmada considerando que el artículo 1 de la Ley Nº 4035, autoriza al Poder Ejecutivo “a prestar asistencia social a la ancianidad, a la madre de hijos a cargo y a la invalidez”.
Como así también, en su artículo 2 dispone que los beneficios “consistirán en una pensión mensual cuyo monto fijará el Poder Ejecutivo”.
Con este incremento, los nuevos valores de los beneficios de asistencia social quedan conformados de la siguiente manera:
Asistencia Social a la ancianidad: 27.000 pesos.
Madres con hijos a cargo 18.000 pesos.
Asistencia social a la invalidez 27.000 pesos.(Fuente: www.entrerios.gov.ar)
El Poder Ejecutivo provincial dispuso el aumento de los beneficios sociales
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El Poder Ejecutivo provincial, a través del decreto Nº 2321, dispuso un incremento en los valores de los beneficios de asistencia social, Ley Nº 4035, con vigencia a partir del 1° de julio del corriente año.
La disposición fue firmada considerando que el artículo 1 de la Ley Nº 4035, autoriza al Poder Ejecutivo “a prestar asistencia social a la ancianidad, a la madre de hijos a cargo y a la invalidez”.
Como así también, en su artículo 2 dispone que los beneficios “consistirán en una pensión mensual cuyo monto fijará el Poder Ejecutivo”.
Con este incremento, los nuevos valores de los beneficios de asistencia social quedan conformados de la siguiente manera:
Asistencia Social a la ancianidad: 27.000 pesos.
Madres con hijos a cargo 18.000 pesos.
Asistencia social a la invalidez 27.000 pesos.(Fuente: www.entrerios.gov.ar)