Rechazaron la impugnación y avalaron la precandidatura de Darrichón

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El Tribunal Electoral de Entre Ríos resolvió este viernes rechazar la impugnación contra la precandidatura a intendente de Diamante de Juan Carlos Darrichón (Más para Entre Ríos). La presentación había sido realizada por Aldo Cardinale y María Eugenia Bozzetti, integrantes de la Lista “Ahora Diamante” de Juntos por Entre Ríos.

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Por lo tanto, según el fallo que publicó NeoNetMusic, quedó avalada la precandidatura de Juan Carlos Darrichón a un nuevo período de gobierno de esa ciudad. Según argumentó el Tribunal Electoral, en línea con lo que había opinado la Procuración General, la ley provincial no contempla impugnaciones a precandidaturas, que es la instancia actual en el marco de las PASO.

En su parte resolutiva, el fallo dispone:

1.- Rechazar la impugnación formulada por el Sr. ALDO MARCELO CARDINALLI y por la Sra. MARIA EUGENIA BOZZETTI contra la precandidatura a Presidente Municipal de Diamante del Sr. JUAN CARLOS DARRICHON, conforme los fundamentos expuestos.

2.- Oficializar la lista que promueve la precandidatura del Sr. JUAN CARLOS DARRICHON, postulada por la Alianza Electoral Transitoria “Más para Entre Ríos” para el distrito DIAMANTE (CIL 887), para participar en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, convocadas mediante el Decreto Nº 1074 MGJ para el día 13 de agosto de 2.023.

3.- Regístrese, notifíquese, comuníquese al Juzgado Federal con competencia electoral y, oportunamente, archívese.

La vocal del primer voto fue Susana Medina, con el que coincidieron los vocales Germán Carlomagno y Ángel Moia. En tanto, Daniel Olano y Ángel Giano se expidieron de votar por haberse logrado mayoría.

Argumentos

Tras sintetizar la impugnación realizada, Medina informó que el Procurador General de la Provincia, Jorge García, se expresó “propiciando el rechazo del planteo por razones formales, en el entendimiento de que no estamos en presencia de una candidatura susceptible de impugnación”.

En ese marco, Medina señaló que “el perfil de la presente causa coincide con el precedente “Junta Electoral Alianza Juntos por Entre Ríos s/Elevación de Apelaciones – Precandidatura Davico, Mauricio Germán – PASO 2023 – Expte. 2320/23”. De ahí que, adelanto, corresponda idéntica resolución”. Esto es, rechazar la impugnación presentada.

Y abunda la vocal: “En efecto, la ley N° 9.659 (modificada por la ley N° 10.357) reguladora de las P.A.S.O. a nivel provincial, no contempla impugnaciones a precandidaturas, ni ante las juntas electorales partidarias ni ante este Tribunal; sea que las mismas se interpongan por terceros competidores (partidarios) o por terceros extrapartidarios (ajenos al partido, alianza o frente, como en el presente caso); resultando manifiesta, entonces, la improcedencia de impugnaciones en esta etapa preparatoria de una elección interna”.

“Además, coincidiendo con lo expresado por el Sr. Procurador General de la Provincia, no estamos aquí en presencia de una “candidatura” susceptible de impugnación y, así, tampoco advierto legitimación pasiva para ser impugnado en el Sr. DARRICHON, habida cuenta su condición actual de “precandidato”. En resumen, no ha sido contemplada en el régimen jurídico-electoral de las P.A.S.O. la sustanciación de impugnaciones entre precandidatos y/o terceros, reconociéndose tan solo legitimación activa para apelar ante este Tribunal al precandidato o lista cuya postulación hubiere sido observada o desaprobada por el órgano electoral del partido o alianza”, agregó luego.

Por estas razones, el Tribunal Electoral rechazó la impugnación.(Fuente: NeoNetMusic)