Leido 189 veces
El director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), Marcelo Casaretto, destacó la importancia de la Ley de Reforma Tributaria sancionada por la Legislatura el 18 de diciembre: “Destaca el rol del Estado presente, que interviene en la economía provincial, y que redistribuye ingresos a los sectores asalariados de trabajadores públicos provinciales”, indicó.

Indicó que se redistribuye ingresos a los sectores asalariados.
“La Legislatura sancionó el 18 de diciembre pasado el proyecto de ley de Reforma Impositiva propuesto por el Poder Ejecutivo. La norma fue promulgada ese mismo día, y fue publicada en el Boletín Oficial del 19 de diciembre. La Ley 10.270 tiene vigencia desde el 1 de Enero de 2014 y se aplicará plenamente a partir de esa fecha.
El Poder Ejecutivo anualmente ha presentado el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, y periódicamente se ha modificado la legislación impositiva”, indicaron. “Siempre las reformas se realizaron con el acompañamiento de la Honorable Legislatura. La Administradora Tributaria de Entre Ríos es quien ha instrumentado esas normas, con las cuales se han alcanzado y aún superado las metas recaudatorias planteadas, en las Leyes de Presupuesto”, indicó Casaretto.
“La Ley 10.270 se basó en una propuesta presentada por organizaciones sociales agrupadas en la Central de Trabajadores Argentinos (CTA). Esas propuestas fueron analizadas por las áreas técnicas de la administración provincial y especialmente en el ámbito de la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Adicionalmente se incorporaron otras propuestas que profundizan las reformas planteadas, a efectos de aumentar la progresividad del sistema tributario entrerriano y que cada uno de los sectores aporte de acuerdo a su capacidad contributiva”, continuó el funcionario.
“El objetivo central de la Reforma Impositiva es destacar el rol del Estado presente, que interviene en la economía provincial, y que redistribuye ingresos a los sectores asalariados de trabajadores públicos provinciales. La recaudación estimada de 1.500 millones de pesos se destinará totalmente a salarios, a partir de las discusiones paritarias convocadas a partir del 6 de Enero de 2014”, sostuvo.
Conceptos fundamentales
“En relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la CTA propone la eliminación de las exenciones dispuestas a partir de los Pactos Fiscales de 1994. Se propone eliminar la exención al sector primario y al sector industrial que pasarían a estar gravados con una alícuota del 1 por ciento, tal como era antes de 1994. La propuesta es receptada en el proyecto de Ley. También se propone eliminar las exenciones a las actividades de las mutuales con ingresos superiores al monto que fije la Ley Impositiva, y se elimina la exención del 50 por ciento de las cooperativas que facturen por encima del monto que establezca la Ley Impositiva. Se mantiene la exención vigente para las cooperativas de trabajo”, añadió el funcionario.
“La provincia de Buenos Aires grava al sector primario al 0,5 por ciento, y a los que facturan por encima de cierto monto, lo grava al 1,75 por ciento. Los establecimientos ubicados fuera de la Provincia pagan el 4 por ciento. Las Provincias de Santa Fe y Córdoba les cobran el 1 por ciento a los contribuyentes radicados fuera de la Provincia. Los productores entrerrianos que venden su producción en otras Provincias pagan impuestos en Buenos Aires, Santa Fe o Córdoba, y no pagan nada por este concepto en Entre Ríos. Ahora tributarán en nuestra Provincia los que facturen por encima del monto que establece la Ley impositiva. Los que desarrollen actividades en varias Provincias pagarán mediante Convenio Multilateral, y según lo dispone el artículo 13° del mismo la recaudación se distribuye el 85 por ciento a la Provincia productora (en este caso Entre Ríos) y el 15 por ciento a la Provincia adonde se realiza la operación. O sea que estaríamos recuperando base imponible frente a las retenciones que han dispuesto otras Provincias”, manifestó Casaretto.
“La Provincia de Buenos Aires grava al sector industrial con alícuotas del 0,5 por ciento, y a los que facturan por encima de cierto monto, lo grava al 1,75 por ciento. Los establecimientos ubicados fuera de la Provincia pagan el 4 por ciento. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires grava la industria con un 1 por ciento, Córdoba cobra el 0,5 por ciento , Santa Fe cobra el 0,5 por ciento desde una facturación del 0,5 por ciento. En otras Provincias se han puesto cargas muy superiores”, detalló.
“La Alícuota General de Ingresos Brutos, la CTA propone aumentarla en medio punto. La Propuesta del Proyecto de Ley propone aumentarla en un punto, al 4,5 por ciento. Las pequeñas y medianas empresas mantienen una reducción de medio punto frente al resto, y estarán gravadas al 4 por ciento. También se aumenta un punto la alícuota para otras actividades, tal como propuso la CTA. Así se aumenta la alícuota aplicable a los establecimientos financieros, seguros, industrias radicadas en otras jurisdicciones, empresas prestadoras de servicios agrícolas, telefonía fija y celular, entre otras. La CTA propone llevar la alícuota del 4,5 por ciento al 5 por ciento, a las grandes empresas que venden en Entre Ríos y tienen sede en otras Provincias. Nuestro proyecto la grava al 5 por ciento”, aseveró.
“La Alícuota General de Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llega al 5 por ciento, en Córdoba es del 4 por ciento, en Santa Fe llega al 4,2 por ciento y al 4,5 por ciento a los radicados fuera de la Provincia; en Provincia de Buenos Aires la alícuota llega al 5 por ciento para las empresas de mayor facturación. El impuesto de Ley 4035 Fondo de Integración de Asistencia Social – Ley 4035 tiene un aporte patronal que históricamente fue del 3 por ciento. En su momento se realizó un calendario de reducción de ese porcentaje, que se redujo desde Enero de 2007 al 2,5 por ciento; desde Julio de 2007 al 2 por ciento, y desde Julio de 2010 al 1,5 por ciento. Por la favorable evolución de la economía nacional y provincial en estos años, se propone reponer la alícuota a los niveles históricos del 3 por ciento”, acotó.
A la vez, apuntó que el Impuesto Inmobiliario Urbano tiene actualmente ocho tramos de valuación, con una alícuota progresiva. Se propone crear dos nuevos tramos de valuación a los que se les aplica una alícuota mayor. De esta manera se profundiza el sentido progresivo de la reforma. La tabla aprobada por ley 10.102, se modifica en el sentido solicitado por las entidades agropecuarias, elongando los tramos y modificando los valores de las cuotas fijas. El Impuesto Automotor tiene actualmente una misma alícuota independientemente del valor de los vehículos. Se propone sustituir este criterio por una tabla que contemple 4 tramos de valuación, con una alícuota creciente que le otorgue sentido de progresividad a este impuesto, y se corrija una distorsión histórica.
Casaretto dijo además que las embarcaciones de uso recreativo o deportivo pagan actualmente el 1 por ciento del valor de aforo. O sea que una persona que tiene un automóvil de $ 50.000 de aforo paga el 2,3 por ciento, y otra persona que tiene una embarcación recreativa de $ 1.000.000 paga el 1 por ciento. Esa distorsión se corrige en esta propuesta de reforma. Las embarcaciones que tengan destino deportivo o recreativo pagarán impuestos por la misma tabla que los automotores, con alícuotas progresivas según el valor.
“Se instrumenta un adicional de entre el 20 por ciento y el 30 por ciento del impuesto determinado, a todos los contribuyentes del impuesto inmobiliario (urbano y rural) y del impuesto automotor (autos, camionetas, camiones, embarcaciones), con el objeto de contribuir al financiamiento del sistema de seguridad social. Se aplica un adicional del 20 por ciento a las categorías de bienes de menor valor, y del 30 por ciento a las de mayor valor. Se crea el Impuesto a Los Juegos de Azar, con características similares al vigente en la provincia de Córdoba, presentado en Cámara de Diputados de la Provincia, por el Diputado Diego Lara. Se gravarían los premios de la tómbola al 2 por ciento, los de Loterías y Bingos al 5 por ciento, y otros juegos al 5 por ciento. Las reformas planteadas se proponen con vigencia por el término de 2 años, comenzando a partir del 1 de Enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2015. La mayor recaudación obtenida por las medidas dispuestas se destinará como contribución al financiamiento del sistema de seguridad social de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo dispuesto por el artículo 122° inciso 12° de la Constitución de Entre Ríos”, dijo el funcionario. (Fuente: APFDigital)
Casaretto valoró la sanción de la Ley Tributaria
Leido 189 veces
El director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), Marcelo Casaretto, destacó la importancia de la Ley de Reforma Tributaria sancionada por la Legislatura el 18 de diciembre: “Destaca el rol del Estado presente, que interviene en la economía provincial, y que redistribuye ingresos a los sectores asalariados de trabajadores públicos provinciales”, indicó.
Indicó que se redistribuye ingresos a los sectores asalariados.
“La Legislatura sancionó el 18 de diciembre pasado el proyecto de ley de Reforma Impositiva propuesto por el Poder Ejecutivo. La norma fue promulgada ese mismo día, y fue publicada en el Boletín Oficial del 19 de diciembre. La Ley 10.270 tiene vigencia desde el 1 de Enero de 2014 y se aplicará plenamente a partir de esa fecha.
El Poder Ejecutivo anualmente ha presentado el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, y periódicamente se ha modificado la legislación impositiva”, indicaron. “Siempre las reformas se realizaron con el acompañamiento de la Honorable Legislatura. La Administradora Tributaria de Entre Ríos es quien ha instrumentado esas normas, con las cuales se han alcanzado y aún superado las metas recaudatorias planteadas, en las Leyes de Presupuesto”, indicó Casaretto.
“La Ley 10.270 se basó en una propuesta presentada por organizaciones sociales agrupadas en la Central de Trabajadores Argentinos (CTA). Esas propuestas fueron analizadas por las áreas técnicas de la administración provincial y especialmente en el ámbito de la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Adicionalmente se incorporaron otras propuestas que profundizan las reformas planteadas, a efectos de aumentar la progresividad del sistema tributario entrerriano y que cada uno de los sectores aporte de acuerdo a su capacidad contributiva”, continuó el funcionario.
“El objetivo central de la Reforma Impositiva es destacar el rol del Estado presente, que interviene en la economía provincial, y que redistribuye ingresos a los sectores asalariados de trabajadores públicos provinciales. La recaudación estimada de 1.500 millones de pesos se destinará totalmente a salarios, a partir de las discusiones paritarias convocadas a partir del 6 de Enero de 2014”, sostuvo.
Conceptos fundamentales
“En relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la CTA propone la eliminación de las exenciones dispuestas a partir de los Pactos Fiscales de 1994. Se propone eliminar la exención al sector primario y al sector industrial que pasarían a estar gravados con una alícuota del 1 por ciento, tal como era antes de 1994. La propuesta es receptada en el proyecto de Ley. También se propone eliminar las exenciones a las actividades de las mutuales con ingresos superiores al monto que fije la Ley Impositiva, y se elimina la exención del 50 por ciento de las cooperativas que facturen por encima del monto que establezca la Ley Impositiva. Se mantiene la exención vigente para las cooperativas de trabajo”, añadió el funcionario.
“La provincia de Buenos Aires grava al sector primario al 0,5 por ciento, y a los que facturan por encima de cierto monto, lo grava al 1,75 por ciento. Los establecimientos ubicados fuera de la Provincia pagan el 4 por ciento. Las Provincias de Santa Fe y Córdoba les cobran el 1 por ciento a los contribuyentes radicados fuera de la Provincia. Los productores entrerrianos que venden su producción en otras Provincias pagan impuestos en Buenos Aires, Santa Fe o Córdoba, y no pagan nada por este concepto en Entre Ríos. Ahora tributarán en nuestra Provincia los que facturen por encima del monto que establece la Ley impositiva. Los que desarrollen actividades en varias Provincias pagarán mediante Convenio Multilateral, y según lo dispone el artículo 13° del mismo la recaudación se distribuye el 85 por ciento a la Provincia productora (en este caso Entre Ríos) y el 15 por ciento a la Provincia adonde se realiza la operación. O sea que estaríamos recuperando base imponible frente a las retenciones que han dispuesto otras Provincias”, manifestó Casaretto.
“La Provincia de Buenos Aires grava al sector industrial con alícuotas del 0,5 por ciento, y a los que facturan por encima de cierto monto, lo grava al 1,75 por ciento. Los establecimientos ubicados fuera de la Provincia pagan el 4 por ciento. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires grava la industria con un 1 por ciento, Córdoba cobra el 0,5 por ciento , Santa Fe cobra el 0,5 por ciento desde una facturación del 0,5 por ciento. En otras Provincias se han puesto cargas muy superiores”, detalló.
“La Alícuota General de Ingresos Brutos, la CTA propone aumentarla en medio punto. La Propuesta del Proyecto de Ley propone aumentarla en un punto, al 4,5 por ciento. Las pequeñas y medianas empresas mantienen una reducción de medio punto frente al resto, y estarán gravadas al 4 por ciento. También se aumenta un punto la alícuota para otras actividades, tal como propuso la CTA. Así se aumenta la alícuota aplicable a los establecimientos financieros, seguros, industrias radicadas en otras jurisdicciones, empresas prestadoras de servicios agrícolas, telefonía fija y celular, entre otras. La CTA propone llevar la alícuota del 4,5 por ciento al 5 por ciento, a las grandes empresas que venden en Entre Ríos y tienen sede en otras Provincias. Nuestro proyecto la grava al 5 por ciento”, aseveró.
“La Alícuota General de Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llega al 5 por ciento, en Córdoba es del 4 por ciento, en Santa Fe llega al 4,2 por ciento y al 4,5 por ciento a los radicados fuera de la Provincia; en Provincia de Buenos Aires la alícuota llega al 5 por ciento para las empresas de mayor facturación. El impuesto de Ley 4035 Fondo de Integración de Asistencia Social – Ley 4035 tiene un aporte patronal que históricamente fue del 3 por ciento. En su momento se realizó un calendario de reducción de ese porcentaje, que se redujo desde Enero de 2007 al 2,5 por ciento; desde Julio de 2007 al 2 por ciento, y desde Julio de 2010 al 1,5 por ciento. Por la favorable evolución de la economía nacional y provincial en estos años, se propone reponer la alícuota a los niveles históricos del 3 por ciento”, acotó.
A la vez, apuntó que el Impuesto Inmobiliario Urbano tiene actualmente ocho tramos de valuación, con una alícuota progresiva. Se propone crear dos nuevos tramos de valuación a los que se les aplica una alícuota mayor. De esta manera se profundiza el sentido progresivo de la reforma. La tabla aprobada por ley 10.102, se modifica en el sentido solicitado por las entidades agropecuarias, elongando los tramos y modificando los valores de las cuotas fijas. El Impuesto Automotor tiene actualmente una misma alícuota independientemente del valor de los vehículos. Se propone sustituir este criterio por una tabla que contemple 4 tramos de valuación, con una alícuota creciente que le otorgue sentido de progresividad a este impuesto, y se corrija una distorsión histórica.
Casaretto dijo además que las embarcaciones de uso recreativo o deportivo pagan actualmente el 1 por ciento del valor de aforo. O sea que una persona que tiene un automóvil de $ 50.000 de aforo paga el 2,3 por ciento, y otra persona que tiene una embarcación recreativa de $ 1.000.000 paga el 1 por ciento. Esa distorsión se corrige en esta propuesta de reforma. Las embarcaciones que tengan destino deportivo o recreativo pagarán impuestos por la misma tabla que los automotores, con alícuotas progresivas según el valor.
“Se instrumenta un adicional de entre el 20 por ciento y el 30 por ciento del impuesto determinado, a todos los contribuyentes del impuesto inmobiliario (urbano y rural) y del impuesto automotor (autos, camionetas, camiones, embarcaciones), con el objeto de contribuir al financiamiento del sistema de seguridad social. Se aplica un adicional del 20 por ciento a las categorías de bienes de menor valor, y del 30 por ciento a las de mayor valor. Se crea el Impuesto a Los Juegos de Azar, con características similares al vigente en la provincia de Córdoba, presentado en Cámara de Diputados de la Provincia, por el Diputado Diego Lara. Se gravarían los premios de la tómbola al 2 por ciento, los de Loterías y Bingos al 5 por ciento, y otros juegos al 5 por ciento. Las reformas planteadas se proponen con vigencia por el término de 2 años, comenzando a partir del 1 de Enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2015. La mayor recaudación obtenida por las medidas dispuestas se destinará como contribución al financiamiento del sistema de seguridad social de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo dispuesto por el artículo 122° inciso 12° de la Constitución de Entre Ríos”, dijo el funcionario. (Fuente: APFDigital)