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Luego de analizar el Decreto Nº1417, la Junta de Defensa Civil ha decidido adherir a las medidas dispuestas por el Gobierno Provincial.
Disposiciones sanitarias en Cerrito
Las nuevas disposiciones, que comenzarán a regir desde este sábado 12 de junio, son las siguientes:
-Restricción de circulación entre las cero y las seis horas de cada de día, salvo las personas afectadas a las actividades exceptuadas por artículo 11 del DNU 125/21 y artículo 20 del DNU 287/21.
-Quedan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.
-Se restringe la permanencia de personas en plazas, parques, paseos y espacios públicos, quedando solamente permitida la circulación en dichos lugares.
-Se establece que la actividad gastronómica (restaurantes y bares) deberá funcionar entre las 6 horas y las 23 horas de cada día, con un aforo del 30 por ciento de ocupación en espacios cerrados. También están habitadas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio.
-Los talleres artísticos y academias de danzas se realizarán con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.
-Queda suspendida la competencia deportiva, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintos clubes e instituciones, salvo las habilitadas por organismos u organizaciones nacionales.
-Se permite el entrenamiento y práctica deportiva en clubes y espacios afines con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos.
-La ocupación de los espacios cerrados de gimnasios se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas correspondientes protocolos.
- Las actividades culturales y deportivas autorizadas, podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas de cada día.
- Se permite la realización de celebraciones religiosas de 6 a 21 horas, con un aforo del 30 por ciento en espacios cerrados.
-Todas estas actividades deberán realizarse con el cumplimiento de los protocolos correspondientes.
-Cabe recordar que estas medidas están sujetas a la evolución de la situación epidemiológica de nuestra ciudad, pudiendo ser suspendidas si las circunstancias así lo requieren.(Fuente: Municipalidad de Cerrito)
Nuevas disposiciones por la pandemia en Cerrito
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Luego de analizar el Decreto Nº1417, la Junta de Defensa Civil ha decidido adherir a las medidas dispuestas por el Gobierno Provincial.
Disposiciones sanitarias en Cerrito
Las nuevas disposiciones, que comenzarán a regir desde este sábado 12 de junio, son las siguientes:
-Restricción de circulación entre las cero y las seis horas de cada de día, salvo las personas afectadas a las actividades exceptuadas por artículo 11 del DNU 125/21 y artículo 20 del DNU 287/21.
-Quedan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.
-Se restringe la permanencia de personas en plazas, parques, paseos y espacios públicos, quedando solamente permitida la circulación en dichos lugares.
-Se establece que la actividad gastronómica (restaurantes y bares) deberá funcionar entre las 6 horas y las 23 horas de cada día, con un aforo del 30 por ciento de ocupación en espacios cerrados. También están habitadas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio.
-Los talleres artísticos y academias de danzas se realizarán con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.
-Queda suspendida la competencia deportiva, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintos clubes e instituciones, salvo las habilitadas por organismos u organizaciones nacionales.
-Se permite el entrenamiento y práctica deportiva en clubes y espacios afines con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos.
-La ocupación de los espacios cerrados de gimnasios se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas correspondientes protocolos.
- Las actividades culturales y deportivas autorizadas, podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas de cada día.
- Se permite la realización de celebraciones religiosas de 6 a 21 horas, con un aforo del 30 por ciento en espacios cerrados.
-Todas estas actividades deberán realizarse con el cumplimiento de los protocolos correspondientes.
-Cabe recordar que estas medidas están sujetas a la evolución de la situación epidemiológica de nuestra ciudad, pudiendo ser suspendidas si las circunstancias así lo requieren.(Fuente: Municipalidad de Cerrito)